La denuncia de los vecinos de Puerto Yeruá fue presentada a principios de febrero del 2004, cuando el abogado Rubén Drí se desempeñaba como asesor letrado de la Junta de Fomento de Puerto Yeruá.
En ese entonces, tres funcionarios de dicho municipio ya habían sido procesados por delitos contra la administración pública, presumiblemente cometidos en perjuicio del municipio. Tanto el presidente de la Junta de Fomento, Benigno Fuerte, el contador Fabián Velasco y la tesorera Graciela Christenses fueron procesados por los delitos de Malversación de Fondos Públicos (Peculado) Reiterados y Uso de Documento Falso Privado.
Fue allí donde el actual Secretario de Gobierno del municipio de Concordia superpuso sus funciones de asesor legal de la comuna de Puerto Yeruá, con la defensa en sede judicial, de los tres implicados.
En la carta que enviaron los denunciantes al Colegio de Abogados, remarcaban que el abogado que “debe custodiar los intereses de este municipio (Puerto Yeruá) aparece ejerciendo la defensa penal de tres funcionarios del mismo Municipio, en una causa donde se ventila la posible conmoción de delitos contra la administración pública, por parte de esos mismos funcionarios en detrimento del erario y los intereses del Municipio”.
En la misma presentación, los vecinos reclamaban que “el propio Drí debería haber solicitado intervención como querellante en la causa mencionada, e incluso, constituirse también en actor civil”.
El descargo de Drí
A los dos meses de presentada la denuncia, la misiva fue analizada por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (CAER) en Paraná, donde también se permitió el descargo del Dr. Rubén Drí.
En aquella ocasión, el abogado cuestionado explicó que su trabajo como asesor legal fue temporario y que terminaba su contrato el último día de abril de 2003 y minimizó la causa que implicaba a Fuertes y su administración, asegurando que solo se trataba de “una serie de irregularidades en la rendición de cuentas del Presupuesto 1999”, por lo que se intimó a que el municipio devolviese la suma de $11.406.
Devuelto el dinero, Drí entendió que “la Municipalidad no sufrió ningún perjuicio económico como consecuencia de los hechos que se investigan, por lo tanto no procede que el municipio se constituya en querellante o actor civil”. Concluyendo que, por lo expuesto, “no ha habido conflicto de intereses” y atribuye la denuncia a “motivos políticos”.
Entre varios detalles, Drí se olvidaba que no solo se cuestionaba el faltante de dinero, algo grave de por sí, sino que también se investigaban facturas truchas y otras documentaciones adulteradas.
Análisis y resolución
Luego de haber escuchado a las dos campanas, el CAER entendió que la actuación de Rubén Drí “transita por el delgado filo de una navaja”. Remarcando “la exigencia profesional que exige no patrocinar o asesorar intereses contrarios entre sí”, lo cual no estaba del todo claro para la primera evaluación del caso.
Igualmente, las pruebas alcanzaron para que las autoridades del Colegio estimaran que, “aunque no fueran económicos, existen intereses contrapuestos entre el Municipio y quienes están procesados por ilícitos en perjuicio del propio municipio, con lo que surgiría la estimación que el Dr. Drí no debió aceptar la defensa penal de los funcionarios municipales o debió renunciar a la asesoría letrada del Municipio Puerto Yeruá”.
Ante esa situación, todas las actuaciones fueron elevadas al Honorable Tribunal de Disciplina, para analizar mas detalladamente la conducta del Dr. Rubén Drí, identificado con la matrícula Nº 2850.
Poco antes que se cumplieran los dos años de la presentación, con fecha del 12 de noviembre de 2004, el Tribunal de Disciplina resolvió “aplicar al Dr. Rubén Drí la sanción de Suspensión EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN POR EL TÉRMINO DE CUATRO MESES”.
En dicha resolución se especifica que el abogado concordiense violó las prohibiciones impuestas en el Reglamento de Normas Éticas.