La idea es crear una app (aplicación) desde el municipio junto con la Central de Tránsito y la Dirección de Informática donde se puedan cargar esos datos en el sistema. “A partir de ahí se puede organizar toda la información”, sostuvo.
“Lo que te permite esto es que, al momento de la retención. Se pueden tomar fotografías, y demás. Lo que busca la ordenanza es tener un registro fotográfico o de video al momento de la retención, como una suerte de medio de prueba del estado del vehículo”, indicó Gallo.
En realidad, se trata de un registro doble: uno para el acceso público general disponible en la página web del municipio (al que solo se exigirá el dominio del vehículo para que informe donde está retenido) y otro restringido para las personas que el Ejecutivo determine. “Entiendo que van a ser las personas relacionadas con la retención de los vehículos”, indicó.
De esa forma, el propietario del vehículo puede exhibir el estado en el qué se encontraba al momento de la retención y exigir su devolución de la misma forma. De la misma forma, el municipio puede tener un medio de prueba ante la aparición de reclamos sobre sustracciones de partes del vehículo o de bienes resguardados en el interior del mismo.
La ordenanza prevé un plazo de 60 días para que el registro se ponga en marcha desde el momento de la promulgación de la norma.