Entre fines de 2012 y principio de 2013, el Senasa prohibió el movimiento de plantas cítricas, lo que generó, para los viveristas, un \»grave perjuicio en la actividad comercial y en clara contradicción a los derechos constitucionales\».
Por eso plantearon una acción de amparo en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Concepción del Uruguay. “Transcurrido un tiempo, la Jueza resolvió y ordenó dejar sin efecto las interdicciones impuestas por el Senasa, permitiendo a los viveristas continuar normalmente con su actividad”, señalaron.
Frente a esa resolución adversa, el Senasa apeló dicha sentencia ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná. Y el pasado 18 de febrero fueron notificados de que la Cámara revocó lo resuelto en primera instancia, resolviendo a favor de la repartición estatal. No obstante, hoy decidieron seguir la instancia judicial.
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