“Sabemos el esfuerzo que hacen los vecinos para cumplir con el Estado. Es importante que facilitemos las herramientas para que puedan seguir al día con los impuestos”, dijo Vitor y agregó: "Nuestros jubilados que cobran un magro haber, también deben tener otro tipo de consideración".
Con los cambios que impulsa el dirigente del PRO, para la omisión del pago del Impuesto Inmobiliario o del Impuesto Automotor, sus anticipos o cuotas, se disminuye a la mitad los actuales montos ya que propone que “en el caso de que el contribuyente sea propietario de más de un inmueble o de más de un automotor se le aplicará una multa equivalente al 10% del impuesto omitido, que se reducirá al 5%, si el ingreso se realizara dentro de los 30 días corridos siguientes al vencimiento de la obligación. La multa por omisión del pago de impuesto por mejoras no denunciadas se sancionará con el 15% del tributo.
“En el caso de tratarse de vivienda única o único automotor del contribuyente, se aplicará una multa equivalente al 5% del impuesto omitido, que se reducirá al 2,5% si el ingreso se realizara dentro de los treinta (30) días corridos siguientes al vencimiento de la obligación. La multa por omisión del pago de impuesto por mejoras no denunciadas se sancionará con el 10% del tributo.
“Estamos frente a la posibilidad de introducir reformas al Código Fiscal. Podemos dar un paso más y establecer distintos estándares o categorías de incumplimientos, proponemos igualar a los desiguales y equilibrar el sistema de reparto en todos sus aspectos”, detalló el legislador y vicepresidente de la bancada de Cambiemos.
En su proyecto, Vitor establece que las multas no serán aplicables al contribuyente propietario de vivienda única o de un único automotor cuando se tratare de una persona mayor, de 70 años o más.
“Resulta un acto de justicia reconocer el esfuerzo fiscal que hace en una etapa de la vida de alta vulnerabilidad, generalmente de múltiples contingencias de salud, que determinan que su esfuerzo por cumplir las obligaciones fiscales y aquellas derivadas de atrasos en el pago de impuestos, sea superior a la de cualquier otro contribuyente en edad activa”, dijo Vitor
Actualmente la omisión del pago de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores, sus anticipos o cuotas, son sancionados con una multa del 20% del impuesto omitido, que se reduce al 10% si el ingreso se realiza dentro de los 30 días corridos siguientes al vencimiento de la obligación.