Varisco expresó que la referencia al servicio público no es casual. “Se origina en que debe entenderse en esos términos el servicio aerocomercial que se brinde dentro del territorio de la Nación”, indicó. Además resaltó que el proyecto apunta a evitar que el erario público deba cargar con una deuda contraída libremente por operadores privados. Y agregó que “la Nación y por sobre todo el ciudadano común y corriente no debe cargar una vez más con los dudosos negocios de unos pocos”.
En el artículo 1º se declara de utilidad pública y sujetos a expropiación “los bienes inmuebles, bienes muebles, bienes intangibles, marcas y patentes que tengan relación con la explotación del servicio aerocomercial de las empresas Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur. S.A., así como todos los demás componentes de la explotación que resulten necesarios para el cumplimiento del referido servicio público en el territorio de la Nación”.