La ordenanza tiene varios artículos, entre ellos, uno que exige a los comercios que venden aerosoles que lleven un registro donde consten los datos personales de los adquirentes de tales productos. “Consignando fecha de venta, apellido y nombre, número de documento, domicilio, cantidad, marca, tipo y color del producto adquirido”.
Sin embargo, consultadas telefónicamente varias pinturerías, todas coincidieron en que desconocían la existencia de la norma. “Nunca nos comunicaron nada; nunca llegó nada de la municipalidad”, dijo una empleada de un negocio ubicado en Aristóbulo del Valle y San Luis. La mujer aseguró que venden de 100 a 200 latas por día que se destinan para pintar madera o chapa dado que es más cómodo que utilizar pincel. “Los chicos las usan para pintar motos o bicicletas”, acotó.
En su momento, la propuesta fue generada por la ex concejal Marcela Sbresso. La finalidad era que los aerosoles dejen de ser utilizados como medio de agresión, o de protesta y sobre todo generando un daño en una propiedad pública o privada. Incluso, la ex edil dijo que un acta por infracción a esa norma debía ser remitida a la justicia local. “Constituye un daño a la propiedad privada y al generar un daño nos parece que roza con el delito”, argumentó a la prensa en ese momento.
Justamente, las personas que utilicen indebidamente estos producto serán “sancionado con una multa de 10 a 500 juristas. Y deberán reparar el daño causado, conforme informe del área de arquitectura de la municipalidad de Concordia. “Si los infractores fueran menores de edad, serán responsables los padres de reparar el daño causado”, establece la ordenanza.
“Desconozco, nunca existió ni nos han confirmado nada” dijo un empleado de una pinturería ubicada en Las Heras y Concejal Veiga. “Acá nunca se aplicó”, dijo otro dependiente de un comercio de pinturas ubicado por calle Estrada, entre Pellegrini e Hipólito Irigoyen. “Nunca me avisaron nada, se vende normalmente, lo compra gente grande”, consignó otro empleado de una casa de pintura ubicada en Vélez Sarfield y San Luis. Todos coinciden en que los aerosoles se venden en forma libre como siempre se hizo.
La norma establece que los comerciantes que infrinjan la ordenanza se los sancionará con multa de 10 a 500 juristas. Además de la pena de multa fijada precedentemente, el Juez de Faltas podrá imponer, desde la primera contravención, como accesoria, la inhabilitación hasta 90 días a la prestación de los servicios. A pesar de que la normativa está vigente, no se aplica dado que nadie controla.