En el pasado mes de abril Lena ingresó a la Cámara de Diputados de Entre Ríos un proyecto de Ley para derogar el mencionado impuesto, aprobado mediante la Ley Provincial Nº10.197, publicada el 24/01/2013.
En dicha ocasión la Diputada calificó al impuesto como ineficaz, ya que en consideración de las informaciones periodísticas existentes el tributo no habría alcanzado las expectativas de recaudación que se proponía el Gobierno entrerriano. Por estos motivos, entre otros considerandos, Lena solicitó la eliminación del impuesto a la transmisión gratuita de bienes.
Ahora, para contar con información actualizada, la legisladora de Cambiemos demanda al Poder Ejecutivo información pública sobre la recaudación e incluso va más allá, requiriendo que se informe sobre el destino de los fondos obtenidos, para discernir si los mismos fueron destinados -como manda la Ley- al Fondo para la Infraestructura Social de Entre Ríos (FISER), que tenía como fin el financiamiento del Programa de Desarrollo de la Infraestructura Social de Entre Ríos (PRODISER).
El segundo punto del pedido, justamente, requiere que el Gobierno informe en forma exacta de los terrenos adquiridos para la construcción de las viviendas sociales, procedimientos de compras y importes pagados; ubicación de las viviendas sociales construidas, detallando en forma pormenorizada el mecanismo y calidad de su construcción, empresas constructoras responsables de las obras, procedimientos de adjudicación de los beneficiarios las mismas.
¿Qué es el Impuesto a la Herencia?
Es un tributo que rige en la provincia de Entre Ríos. El mismo fue aprobado por la Ley Nº10.197, a comienzos de 2013. Dicho impuesto suponía que con los fondos que se recaudaban por el mismo se crearía el Programa de Desarrollo de la Infraestructura Social de Entre Ríos (PRODISER) que promovería la construcción de viviendas sociales y de obras conexas, destinadas a la población vulnerable de la provincia.
A este impuesto se lo conoció socialmente como el "impuesto a la herencia" y grava todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza, que comprenda o afecte uno o más bienes situados en la Provincia y/o beneficie a personas físicas o jurídicas con domicilio en la misma.
En el proyecto de derogación del tributo, en abril pasado, Lena sostuvo que el impuesto era ineficaz desde múltiples ángulos, debido a su pobre rendimiento estimado y a los costosos y complejos mecanismos para determinar, cobrar, verificar y fiscalizar la aplicación de la norma vigente. La legisladora sostiene, además, que el impuesto acentúa la pronunciada regresividad del sistema tributario argentino y que es confiscatorio.