La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Cintia Gómez, Daniel Alonso y Mateo Busaniche, resolvió declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para entender en una causa que inició un hombre que denunció que le usaron el Documento Nacional de Identidad (DNI) para obtener un crédito que, sostiene, nunca solicitó. Con aquella decisión, La Cámara dirimió el “conflicto negativo” respecto de cuál jurisdicción debía abordar la investigación, ya que la denuncia se realizó en el Juzgado Federal Nº 1 de Paraná, que se declaró incompetente. Ahora, este deberá remitir las actuaciones al Juzgado porteño. El denunciante se enteró de la situación cuando fue a gestionar un crédito del programa Procrear ante una entidad bancaria de Paraná.
La causa comenzó a sustanciarse el 4 septiembre de 2012 ante la Secretaría Penal Nº 1 del Juzgado Federal de Paraná, donde el denunciante sostuvo que “al presentarse en la Sucursal Paraná del Banco Hipotecario SA a los fines de gestionar un crédito del Procrear fue anoticiado por un empleado de dicha entidad, previa consulta informática, que estaba incluido dentro de la categoría Nº5 –deudores– del Banco Central de la República Argentina”. El bancario también le precisó que “según surgía de dicha información, (el denunciante) se habría presentado en el Banco Ciudad de Buenos Aires, solicitando uno de los productos financieros de dicha entidad, incumpliendo el pago de las obligaciones a su cargo”.
El denunciante llamó al banco de Buenos Aires, puesto que sostuvo “que nunca había solicitado ningún préstamo en institución bancaria alguna”, donde le informaron que “la gestión del cobro de su aparente deuda la manejaba un Estudio Jurídico” porteño. Así, se comunicó con el estudio, donde le precisaron que “existía una solicitud de préstamo personal que habría efectuado en 2009” que presenta un domicilio que el denunciante “nunca habría tenido en la CABA”, según consta en el expediente, el supuesto damnificado efectivamente vivió en la CABA hasta 2011, cuando se radicó en Paraná tras realizar el cambio de domicilio. Aquel manifestó que en 2007 extravió su billetera con el DNI duplicado, por lo que realizó la denuncia en la CABA y tramitó el triplicado.
Entre las medidas investigativas que se realizaron desde el Ministerio Público Fiscal, se encuentra la ratificación de denuncia y el informe del Banco Ciudad de Buenos Aires, donde se dio cuenta de que registra a nombre del denunciante una cuenta en Caja de Ahorros, en Sucursal Nº 66, con fecha de apertura del 4 de diciembre de 2008 y baja el 3 de mayo de 2010 y tarjeta de crédito con fecha de alta del 9 de diciembre de 2008.
En sus argumentos, el fiscal general advirtió que “de los elementos reunidos se deriva que el hecho objeto de denuncia se consumó en extraña jurisdicción”, añadiendo que, como los señala el juez Federal Nº 1, “fue en el Banco Ciudad de Buenos Aires, sucursal Nº 66, donde se suscribieron los productos bancarios que habrían implicado un uso ilegítimo de DNI perteneciente al denunciante, produciéndose de tal manera el delito de estafa”.
Los jueces de la Cámara evaluaron que “atento que de la descripción de los hechos efectuada por el denunciante y demás elementos obrantes en la causa, surge que aparentemente el uso de documento público falso –o adulterado– o el uso ilegítimo del DNI perteneciente a otra persona, como medio comisivo de una maniobra de constitutiva de estafa, se habría producido en ámbito jurisdiccional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es a dicha jurisdicción a quien le corresponderá continuar con la presente investigación”. En este sentido, recurrieron a pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que “ha indicado que cuando existe ocurrencia ideal entre un delito común y otro de índole federal, es a este fuero a quien corresponde continuar con la investigación”.