Un fallo cordobés contra las fumigaciones al lado de los pueblos, alienta a entrerrianos

Los 521 kilómetros que separan la ciudad de Villaguay de Córdoba Capital se redujeron a centímetros el martes a la mañana cuando la Justicia cordobesa condenó a tres años de prisión condicional a un productor agropecuario y al piloto del avión fumigador por contaminación dolosa por el uso de agroquímicos.

Los Bengoechea, que desde hace 10 años viven ocho kilómetros al oeste de la Ciudad de los encuentros, sintieron que su reclamo era escuchado, que alguien en Argentina actuó. “Cuando nos enteramos del fallo de la Justicia sentimos que no todo está perdido, que se puede pelear para vivir mejor”, dijo a UNO María Ester Larrea Blanco, que este año ya internó tres veces a su hija de 15 años por la fumigación en un campo vecino a su casa.

Con este fallo quedó claro que fumigar cerca de poblaciones es un delito que la Justicia castiga. La lucha de los vecinos del barrio Ituzaingó Anexo de Córdoba le devolvió la esperanza a muchos vecinos de zonas rurales que padecen el mal uso de agroquímicos, en este caso endosulfán y glifosato.

La entrerriana Blanco precisó: “Nuestro abogado nos dijo que si este fallo salía a favor nos iba a ayudar mucho; lo importante es que desde la última denuncia que hicimos en junio no fumigaron más”.

Miguel Ángel Martínez, abogado que representó a las familias afectadas, señaló a los medios nacionales que “este fallo viene a sancionar un delito que anteriormente solo era considerado como una falta”. “Aquí hay una pena efectiva desde el punto de vista penal, tanto para Pancello como para Parra y, a partir de ahora, cualquier productor que contamine el ambiente y perjudique la salud de las personas con fumigaciones ilegales tiene que saber que la ley penal lo va a atrapar”, dijo.

Las fumigaciones
Los hechos juzgados por el tribunal ocurrieron cuando la Municipalidad de la ciudad de Córdoba ya había declarado al grupo poblacional de barrio Ituzaingó Anexo en emergencia sanitaria, entre otras razones por la presencia de productos agroquímicos contaminantes.

Según la acusación, en las fumigaciones realizadas sobre los campos ubicados en la inmediaciones de barrio Ituzaingó se utilizó endosulfán y glifosato, en violación a la Ley de Agroquímicos de Córdoba Nº 9.164, que prohíbe la aplicación aérea de esos productos en un radio menor a los 1.500 y 500 metros de distancia de las poblaciones urbanas respectivamente. La causa fue elevada a juicio tras constatar que la zona estaba contaminada con un cóctel tóxico, según estudios realizados en el lugar. Agua contaminada con arsénico, PCB de los transformadores de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) emplazados en el sector y los agrotóxicos por las fumigaciones. En el barrio Ituzaingó fueron denunciados 200 casos de cáncer, 100 de ellos fatales. Además, sobre una muestra de 142 chicos se comprobó que 114 tienen agroquímicos en su organismo.

La familia Bengoechea vive al lado del Aeroclub, muy cerca de la escuela Nº 5 Paraná que tiempo atrás denunció fumigaciones cerca de su predio, a pesar de estar prohibido por las leyes y resoluciones vigentes. “Vamos a seguir con las acciones ante la Justicia porque nos cansamos de pedirle por favor que paren”, dijo Blanco, que tuvo a su hija María Florencia Bengoechea, de 16 años, internada por última vez hace dos meses.

Una ley, otra ley
Entre Ríos es una de las provincias en las que más se ha escrito sobre regulación del uso de agroquímicos. UNO consultó anoche al exdiputado provincial Héctor De La Fuente, quien presentó un proyecto para regular la actividad. “Lo que existe como tal no alcanza”, afirmó. En ese orden sostuvo: “Creo que hay una necesidad de tener una legislación que pueda poner límites reales y concretos a las fumigaciones. Hay muchos intereses económicos, por eso no se avanza”.

Un fallo histórico
El tribunal de la Cámara 1 del Crimen de Córdoba condenó a tres años de prisión condicional, es decir, no efectiva, al productor rural Francisco Parra y al piloto aeroaplicador Edgardo Pancello por las fumigaciones ilegales en el barrio Ituzaingó Anexo, cercano a la capital provincial, al tiempo que absolvió al productor Jorge Gabrielli.

El fallo contra Parra y Pancello fue a tres años de prisión de ejecución condicional por dos hechos de fumigación ocurridos en 2004 y 2008.

Parra fue condenado como autor del delito de contaminación ambiental penado por la Ley de Residuos Peligrosos, en forma continuada. Los camaristas dispusieron que, durante cuatro años, Parra deberá cumplir “10 horas semanales de trabajo no remunerado”, a favor “del Estado o de instituciones de bien público vinculadas con la salud”, al tiempo que quedó inhabilitado “durante ocho años para el ejercicio de la actividad de aplicación de productos agroquímicos”.

Los jueces condenaron al piloto Pancello a tres años de ejecución condicional por considerarlo “coautor del delito de contaminación ambiental” por el hecho ocurrido en 2008. Pancello fue inhabilitado durante 10 años para operar con productos agroquímicos y también deberá realizar un trabajo comunitario.

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