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Un fallo con doble lectura

Para Gotfried, “se cumplió estrictamente el cronograma electoral con todas sus fases y por lo tanto terminó el día 24 con la asamblea ordinaria”. En la asamblea se aprobó la memoria y balance, el informe del síndico y, conforme el estatuto, como se oficializó una sola lista, esa lista queda proclamada de oficio.
El titular del Concejo aseguró que el cuestionamiento del Ipcymer (Instituto de Promoción Cooperativa y Mutualidades de Entre Ríos) no fue aceptado. No obstante, la lista opositora fue a la Justicia. “No tuvo éxito ninguna de las pretensiones en primera instancia ni la Lista Azul ni la Amarilla. Y del mismo modo termina en el Superior Tribunal donde también se rechazan las pretensiones. Si el Superior Tribunal rechaza, para nosotros está terminado”, expresó Gotfried.
No obstante, la lectura del fallo desde la oposición a la actual conducción es diametralmente opuesta. “Nosotros entendemos que con este fallo quedó ratificada por la Justicia la autoridad del Ipcymer. Y también quedó ratificada por la Justicia que está firme la resolución Nº 24 del Ipcymer que mandó a oficializar la lista Azul”, dijo Lapiduz.
En consecuencia, el apoderado de la Lista Azul entiende que el Instituto mencionado debe hacer cumplir su resolución anulando todas las decisiones que tomó el Consejo de Administración desconociendo al Ipcymer. “Y se debe reasumir un cronograma electoral a partir de la oficialización de la lista Azul”, mencionó.
En cuanto a la asamblea del lunes pasado por la noche, Lapiduz dijo que la Ley de Cooperativas otorga un plazo de 90 días para pedir la nulidad de cualquier decisión que sea “ilegítima”. “Podemos pedir la nulidad y entendemos que el Ipcymer debe anularla o pedirle a la Justicia que la anule”, señaló.

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