En la fundamentación, Bescos expresa su preocupación por el número de muertes que ocurren por accidentes de tránsito en el país, donde Entre Ríos se ubica en los primeros lugares con 341 muertes en 2007 y 217 en 2008. Todo ello sin considerar el número de discapacitados que dejan a diario los accidentes de tránsito.
En el articulado de este proyecto de ley se invita a los municipios a adherir a la norma, autorizando además al Poder Ejecutivo Provincial a formalizar convenios que prevé el artículo 20 de la norma nacional. «Así como la Provincia de Entre Ríos adhirió en su momento a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 mediante la Ley Nº 8963, es menester que adhiera también a la ley nacional Nº 26.363 de Tránsito y Seguridad Vial, por la que se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.
La norma que rige en todo el territorio nacional introduce modificaciones a la ley Nº 24.449, entre ellas la Licencia Nacional de Conducir, por la cual se asigna a cada uno de los titulares una cantidad fija y uniforme de puntos, manifestó el diputado. Luego agrega que: «la Agencia Nacional de Seguridad Vial permitirá equilibrar las normativas de las distintas jurisdicciones provinciales y municipales, con el objetivo de que en todo el territorio argentino las exigencias para con los conductores sean las mismas y que los principios que rijan la seguridad vial sean equitativos para todos.»
El decreto Nº 1716, reglamentario de la ley Nº 26.363, especifica que la Licencia Nacional de Conducir deberá ser otorgada por la autoridad jurisdiccional del domicilio real del solicitante que se encuentre debidamente autorizada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. La misma deberá ser extendida en un documento como modelo único, cuyo diseño estará a cargo del Sistema Nacional de Licencias de Conducir (Si.Na.LiC), ente que será competente para autorizar a los organismos de cada jurisdicción provincial o municipal a otorgar la Licencia Nacional de Conducir y para administrar el Sistema de Puntos aplicable a la misma.