Convencido de que el “legislador tiene que observar lo que es la realidad social y en esa fuente material, basar sus proyectos”, el diputado Jorge Bolzán presentó el 19 de abril un proyecto de ley para modificar la 9.117 con la que la provincia de Entre Ríos adhirió al régimen penitenciario nacional contenido en la ley 24.660, “ley de ejecución de la pena privativa de la libertad”.
Uno de los fundamentos es que “encima que en este país poca gente va presa, lo dice la calle, cuando alguien va preso sigue gozando de ciertos privilegios, fundamentalmente aquellos que cometen delitos aberrantes, como se los denomina”.
Bolzán quiso dejar en claro que su iniciativa está dirigida a quien ha sido condenado, es decir que tiene sentencia firme, con una pena privativa de la libertad por uno de los delitos aberrantes. “Se garantiza el sistema garantista procesal con todos las garantías constitucionales a quien es un procesado pero, una vez condenado la pena privativa de la libertad tiene que cumplirse en su integridad”, manifestó.
En opinión del abogado de Seguí no resulta comprensible que “por una buena conducta se pueda dar salidas socio laborales cumplido un período de su condena porque, ¿cómo evaluamos su buena conducta para largarlo a la calle?”, planteó. Él mismo se encargó de definir “imposible” dicho cometido. Con el ejemplo quiso clarificar su posición. “Es imposible evaluar la buena conducta en la cárcel de quien ha cometido una violación, porque seguramente el examen psicológico evalúa buena conducta si barre la celda o tiende la cama”. En esa línea de razonamiento agregó que “no es justo que a una sociedad se la cargue con un riesgo antes de tiempo; que esa sociedad corra con el riesgo de soportarlo como conejillo de India para ver si ese individuo, que para mí es un desequilibrado mental, vuelve a reincidir o no”, razonó.
También le pareció importante señalar que “el ladrón de gallinas, que es uno de los pocos que va preso, queda fuera de este sistema” porque se aplica sólo sobre los denominados delitos aberrantes, es decir delitos contra la integridad sexual, los comprendidos en el artículo 119 y siguientes del Código Penal, el homicidio agravado, el robo y muerte, la extorsión.
La iniciativa “fue rechazada casi unánimemente por lo menos en las primeras conversaciones”, señaló Bolzán, al recordar la reacción de sus pares. Entre quienes lo atendieron y manifestaron disposición para debatirlo mencionó a los diputados Raúl Solanas y Emilio Castrillón.
Actualmente, la iniciativa está en la Comisión de Legislación General, que preside el justicialista Enrique Cresto. Y aunque en dos oportunidades el autor de proyecto solicitó que fuese tratado, no encontró mucho consenso para que tenga dictamen favorable. Igualmente su decisión es “seguir insistiendo porque considero que está bien encaminado y los argumentos que he escuchado en contra no tienen ninguna firmeza, ningún sustento valedero”.
Analizando las líneas de investigación que sigue el caso del secuestro de Fernanda Aguirre en San Benito, Bolzán en primer lugar expresó su deseo de que lo ocurrido en esa localidad “tenga el mejor final” y, luego, indicó que “el solo hecho de sospechar de alguien que está con salida socio familiar se evitaría a futuro apoyando una iniciativa como la que he presentado”.
A pesar de las críticas que recibió, entre las que recordó la de un juez que tildó el proyecto de inconstitucional, aspecto que también dijo, “me animo a discutir”, perseveró en su posición porque “lo que sucede es que no hay que pensar como abogado ni como juez sino, como legislador, como representante del pueblo”.
No hizo ningún tipo de cuestionamientos al proceder de la Justicia ya que “actualmente la salida socio familiar está legalmente otorgado pero, debe conseguirse que legalmente no se pueda otorgar”. En consecuencia afirmó que “no tiene la culpa el juez de ejecución de pena que pone en libertad a alguien por aplicación de la ley, que es la que propongo modificar”.