Según expresa en el documento de adhesión, la institución ha considerado “que el proyecto citado, en caso de convertirse en ley, resultaría satisfactorio tanto para contribuyentes como para el Fisco Nacional, al permitir a los primeros continuar enmarcados en un régimen simplificado, ajustado al perfil y magnitud de los incluidos en el mismo, representando para el Fisco la posibilidad de sostener un adecuado nivel de recaudación tributaria sobre este universo de pequeños contribuyentes, de acuerdo a los nuevos límites y parámetros para encuadrar en el mismo, los cuales materializan acertadas cuantificaciones a tales fines”.
De esta manera, la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas se suma a las voces de apoyo que se han expresado respecto al referido proyecto presentado en febrero de este año por el legislador entrerriano.
El proyecto tiene su razón ser, en el tiempo transcurrido sin que los topes y montos hayan sido actualizados. De hecho, los mismos fueron introducidos por la ley 24.977 de julio de 1998, siendo que la modificación que introdujo la ley 26.565 del año 2009 significó la eliminación la categoría A (cuyo tope de ingresos brutos era de $12.000 anuales) y la creación de nuevas categorías fijando un tope de facturación de $200.000 para el caso de prestación de servicios (dejando atrás los $72.000) y de $300.000 para el resto de las actividades (que reemplazó el límite de $144.000). Por lo que, ante el aumento general de precios de los bienes y servicios, han quedado sumamente desactualizados.
El más claro indicador acerca del retraso en que se encuentran los límites máximos para pertenecer al monotributo, es que la categoría mínima (B) fija un ingreso mensual de $2.000 ($ 24.000 anuales), mientras que el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) es de $2.875, a partir de febrero de 2013. En este mismo sentido, para permanecer en las categorías B y C, no se debe abonar en concepto de alquiler más de $ 750 mensuales, lo que no tiene correspondencia con los valores reales del mercado locativo comercial en Argentina.
Esta situación obliga a miles de argentinos -comerciantes y profesionales en general- a ubicarse en las más altas categorías del monotributo, o directamente quedan excluidos del Régimen Simplificado y se ven obligados a incorporarse al Régimen General pasando a ser contribuyentes directos del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado y del Régimen de Trabajadores Autónomos, cuando en realidad este cambio de su situación frente al fisco no significa necesariamente que estén aumentando su capacidad contributiva, sino que representa solamente un acompañamiento al aumento general de precios.