Ayer, entre las 3 y las 6 de la mañana, la joven discapacitada embarazada producto de una violación salió del Hospital San Roque con destino desconocido para el personal. Estaba internada en la maternidad desde el viernes a la mañana para que se le realizaran los estudios requeridos antes de una intervención quirúrgica. Un día antes, el jueves, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso que presentó el padre de la chica para evitar que se le hiciese el aborto y por eso la mamá de la joven, Marta Gauna, había vuelto a llevar a la nena al San Roque, donde en principio se le iba a practicar la interrupción del embarazo. Pero ahora los médicos se negaron. Alegaron primero que existían “riesgos” para la salud de la joven dada la edad gestacional (18 semanas) y después se comunicó que habían expresado una objeción de conciencia.
Lo que ocurrió después, desde el viernes a la noche, cuando se informó que la joven permanecía internada en el Hospital San Roque, hasta ayer a las 19, cuando trascendió que la chica ya estaba en una maternidad de la provincia de Buenos Aires, quedó en la sombra. Ningún funcionario provincial del área de Salud quiso hacer declaraciones. Lo único que se supo fue que intervino el Ministerio de Salud de la Nación para sacar a la joven de la provincia con el fin de garantizar la intervención.
A los fines de resguardar la prueba —el material genético a extraer del producto de la concepción—, la querella en la causa de la violación de la joven había presentado un escrito al Juzgado de Instrucción Número 5, a cargo del doctor Ricardo Bonazzola, pidiendo que se preserve la prueba y se libren los despachos pertinentes. Con el traslado de la joven ayer a la provincia de Buenos Aires, los oficios se libraron vía fax a la localidad adonde está internada.
Fuentes cercanas a la mamá de la chica, confirmaron que Marta recibió llamados del Ministerio de Salud “expresándole todo su apoyo”. “Evidentemente, al haber expresado la objeción de conciencia los médicos del Hospital San Roque, la provincia debió recurrir al organismo nacional” para llevar adelante la intervención. Se explicó asimismo que el traslado se hizo en horas de la madrugada pues era “la única forma de garantizar que no estén tan expuestas” la madre y la joven, dijo el allegado a Marta. Asimismo, se confirmó que también estuvo en contacto con funcionarios de la Nación la diputada provincial por la Red y miembro del Foro de las Mujeres, Lucy Grimalt.
Esta historia empezó a fines de agosto, cuando Marta Gauna llevó a su hija discapacitada mental de 19 años (con un intelecto de 4) al hospital San Roque para que se le practicara un aborto. Había sido violada y estaba embarazada. Los médicos le dieron turno para el 27 a las 8 con el fin de realizar la intervención pero le pidieron que no se olvidara de llevar una copia de la denuncia de violación. Marta fue entonces al Juzgado de Instrucción Número 5 a pedir la fotocopia y de allí salió el dato de que una mujer pobre, de barrio Humito, iba a hacer uso del sistema público de salud para realizar un aborto no punible según sostiene el Código Penal. La defensora de Menores Marcela Piterson se apresuró entonces a redactar una medida cautelar para evitar que el aborto se concretara y la jueza de Menores Número 1 Claudia Salomón hizo lugar.
El 27 de agosto a la mañana el Hospital recibió un llamado telefónico del Juzgado avisando que se abstuviesen de interrumpir el embarazo y adelantando que estaba por llegar la notificación formal. La chica al final quedó internada en un Hogar del Consejo del Menor hasta que salió el fallo de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, revocando la medida de Salomón (ver recuadro). Sin embargo, hubo que esperar una semana más que corrieran los 8 días de plazo para que apelara la contraparte (el padre de la chica, que después de 17 años reapareció extrañamente para oponerse al aborto, y la defensora Piterson). La defensora no lo hizo porque el fallo había sido contundente —tres votos a favor de la revocatoria, fundados—, pero el padre presentó un recurso de inaplicabilidad del artículo 86 del Código Penal ante el Superior Tribunal de Justicia. Ya era 14 se septiembre y el tiempo seguía corriendo.
El 20 de septiembre el STJ ratificó que no hacía falta autorización judicial para practicar el aborto a la joven discapacitada mental y que la decisión quedaba en manos del representante legal de la chica, en este caso la mamá, Marta Gauna, tal cual lo dice el artículo 86 del Código Penal. En su inc. 2 el artículo 86 sostiene que el aborto practicado por un médico diplomado “no es punible si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”. La madre firmó el consentimiento para que se hiciera la práctica pero para los médicos del San Roque ya había pasado demasiado tiempo. Así que hubo que sacar a la joven de la provincia, en el medio de la noche, en un operativo que se manejó en el mayor de los secretos, seguramente para cuidar unos derechos que fueron conculcados desde que inexplicablemente una jueza hizo lugar a una medida que iba contra la ley.
Fuente: El Diario