La pérdida de Telesur para buena parte de los abonados de Cablevisión deja a casi los 3,5 millones de suscriptores sin la cobertura periodística del canal del que participan los Estados nacionales de Venezuela, Argentina, Bolivia, Cuba, Ecuador, Uruguay y Nicaragua. El traspaso de la señal informativa a los servicios codificados de Cablevisión cosechó dudas entre quienes creen que la medida obedece a razones político-periodísticas más que técnicas. Más allá de las causas, lo cierto es que la decisión ya despertó un litigio judicial, producto de la ambivalente situación en la que se encuentra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y las resoluciones de la Afsca, ante el decreto Nº 267 firmado por el presidente Mauricio Macri, que los dejó sin efecto.
La decisión de Cablevisión es violatoria de la Ley 26.522, que en su artículo 65, inciso 3 apartado A estipula que “los servicios de televisión por recepción fija las emisiones y señales de Radio Televisión Argentina Sociedad del Estado, todas las emisiones y señales públicas del Estado Nacional y en todas aquellas en las que el Estado nacional tenga participación”, tal como ocurre con Telesur. La codificación de Telesur también viola el apartado H de ese artículo, que determina que “los servicios de televisión por suscripción deberán incluir en su grilla un mínimo de señales originadas en países del Mercosur y en países latinoamericans con los que la República Argentina haya suscripto o suscriba a futuro convenios a tal efecto, y que deberán estar inscriptas en el registro de señales previsto en esta ley”.