Suicidio en Tribunales: ‘Tenes que pasar por cuatro o cinco personas para llegar a un fiscal, es una vergüenza’, dijo el hermano

«Mi hermana se hartó, se cansó, se sintió sola, se sintió abandonada por la Justicia», remarcó José Martínez. A su vez, Jáuregui explicó que hay dos causas: una es un sumario ordenado por el STJ (Superior Tribunal de Justicia) y otra es una causa penal iniciada en los Tribunales de Concordia. Respecto de la primera, mencionó que el lunes 22 del corriente viajará a Paraná para contactarse con el sumariante, ya que la información que se recabó es «mucho más importante» que la que se reunió en la causa penal. En cuanto a la segunda, indicó que cuando ingresaron, se enteraron de que estaba archivada. «La notificación del archivo de la causa llega después que nos presentamos pero estaba archivada desde antes», remarc

«Esto es un llamado de atención enorme, más allá de los reproches que se hacen entre los distintos estamentos del Estado, ya que todos de alguna manera tuvieron alarmas que sonaron y no le dieron una respuesta», remarcó.

Causa archivada

La causa penal se abre de oficio ante cualquier muerte violenta, ya sea un suicidio como este caso, un accidente o un homicidio obviamente. Se carátula «para establecer forma y circunstancias» en que se produjo un fallecimiento. Luego esa carátula puede cambiar. Pero en este caso fue directamente al archivo.

«Lo que hice, a partir de la notificación por correo electrónico a mi correo, fue interponer un recurso de revisión tal como lo prevé el Código Procesal Penal», indicó. «Se trata de una revisión para que esclarezca ante el Superior el coordinador para que revisen la decisión del inferior y nos den la oportunidad de ingresar a la causa y ver que es lo que pasó en el ámbito penal», indicó el letrado.

Jauregui dijo que, desde que comenzó a regir el nuevo Código Procesal Penal, los criterios que manejan los fiscales hacen que la mayoría de las causas se investiguen rápido o se desestimen de igual manera, ya que entienden que no son hechos penalmente judiciables o que hay otras vías para investigarse, que son hechos que no tienen relevancia y si la tienen, están colapsados y terminan en el archivo. «Cosa que no ocurría con el viejo Código Procesal, ya que el Juzgado de Instrucción en definitiva le daban tratamiento, mal o bien, pero le daban tratamiento», comparó. 

Más adelante, Jáuregui sostuvo que se trata de una de las cuestiones que deben revisarse, ya que una «enorme franja de la población queda sin respuesta» al momento de seleccionarse una causa para investigar. «Este es un ejemplo de los muchísimos casos en que, por un criterio de oportunidad, se terminan archivando las causas y en sede penal no pasa absolutamente nada», indicó.

El fiscal que envió la causa al archivo fue José Arias. Jáuregui dijo que lo hizo con los patrones vigentes. «No estoy diciendo que fue algo irregular, sino que resolvió en función de algo que está generalizado y que, según ellos, de otra manera no podrían procesar la enorme demanda que tienen en Tribunales de los casos que llegan y colapsan el sistema», remarcó.

Información sumaria

El abogado sostuvo que desde el STJ ordenaron de oficio una información sumaria para deslindar responsabilidades, dado que se trató de un hecho «conmocionante». «También nos presentamos en ese expediente y nos remitieron copia de todo lo actuado», recalcó. 

El lunes 22 viajará a Paraná donde recibirá copia certificada de todo lo actuado por el STJ. «No hay receta sin diagnóstico. Lo importante en Derecho es tener un diagnóstico. Pero en principio, lo tengo. Acá falló el Estado en la prestación del servicio de Justicia, en el fallo del servicio de Salud y a mi criterio deriva en una responsabilidad civil del gobierno de la provincia de Entre Ríos ante los familiares de estas personas», indicó.

Jáuregui reveló que el hermano de la víctima tiene legitimación para accionar en la causa por inexistencia de herederos en carácter ascendiente, descendiente o cónyuge. «La víctima carece de herederos forzosos directos por lo tanto los colaterales están legitimados para representarla en carácter de víctima o querellante particular», explicó.

«A mi modo de ver, hay responsabilidad del Estado Provincial, independientemente de las públicas fricciones que hay entre el Superior Tribunal de Justicia y el Ministerio Público Fiscal», recalcó el abogado. «Desde la mirada del ciudadano común, el Poder Judicial en su conjunto queda en falta en este hecho, tienen que dar muchas explicaciones y cambiar muchas cosas para que esto no se vuelva a repetir», sostuvo el abogado.

Asimismo, remarcó que una autodeterminación eventualmente puede romper el nexo causal ante una demanda civil, no es menos cierto que «el Estado falló en distintos ámbitos porque acá el Ministerio Público de la Defensa tiene la obligación de asesorar a cualquier persona carente de recursos y no se pueda argumentar, ya que hay 20 metros de diferencia entre la puerta de entrada de Fiscalía y la puerta de la Defensoría de Pobres y Menores», dijo. 

Jáuregui sostuvo que «falló el Juzgado de Familia donde había una causa con medidas restrictivas y habría que pasó ahí, aparentemente la derivaron desde la Fiscalía al ministerio de Defensa, pero ella no fue nunca y había que ver que pasó ahí», indicó.

«Por si fuera poco, cuando pasó esto, termina sofocando el foco ígneo sobre la cabeza de la pobre mujer un preso que estaba siendo indagado en una de las fiscalías. No hubo personal ni de Policía ni de la Fiscalía que actuase sobre la emergencia», develó Jáuregui.

El abogado dijo que lo último fue que la trasladaron a un nosocomio sin complejidad, más bien para atención de casos que requieren primeros auxilios como lo es ahora el Felipe Heras cuando por la gravedad de las heridas debió haber sido llevada sin demora al Masvernat. «Por donde se la analice a esta situación encontramos un estado torpe, inepto, ineficiente, con ausencia de respuestas», indicó.

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