En el mismo se propone como autoridad de aplicación a las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o las autoridades que ellos dispongan.
Este proyecto se presenta en el marco de aplicación de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, abarcativo de las relaciones de consumo originada en las Ley Nº 22.802 de Lealtad Comercial y en la Ley Nº 25.156 de Defensa de la Competencia, cuyos actores serán parte de este procedimiento en un proceso oral.