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Solanas: Cerrar trenes es negar la integración, el desarrollo y el empleo

El Decreto 652/2017 dictado por el Poder Ejecutivo y publicado hoy en el Boletín Oficial, por el cual el Presidente de la Nación delegó en el Ministro de Transporte de la Nación la “facultad de clausurar ramales ferroviarios de forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias", constituye una importante amenaza para los trabajadores del sector y los pueblos del interior del País.

En los considerandos del decreto se hace referencia a que dicha facultad surge de la ley 27.132 y es éste un argumento falaz.

La Ley 27.132 (promulgada el 20 de mayo de 2015) declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario, la política de reactivación de los ferrocarriles y el mejoramiento de los mismos, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.

Claro está que el objeto de la ley se contrapone con la letra y el espíritu de este nuevo decreto que facilita y propicia el cierre de los mismos. 

A su vez, el artículo 75 inc. 18 de la Constitución Nacional establece como cláusula de progreso y prosperidad de todas las provincias, la construcción de ferrocarriles, con lo cual este decreto representa una afrenta a la propia Constitución y como tal debe ser impugnado.

Esta es una medida más tomada de manera arbitraria por el gobierno nacional en detrimento de los intereses del pueblo argentino.

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