Haidar confirmó que Arias no presidió la ceremonia civil por enfermedad. “En principio lo que me han confirmado desde el Registro Provincial es que habría presentado un certificado médico y habría pedido una licencia por enfermedad”, indicó. La funcionaria desconoce de cuantos días es la licencia. “Infiero que habrá sido por ese día y probablemente alguno más. Desconozco los términos de la licencia porque se tramita a través de la Dirección general del Registro que es la jefatura inmediata de Arias”, puntualizó.
La subsecretaría coincidió en que el pedido de licencia es “llamativo” porque además coincide con otro hecho. La semana pasada, probablemente entre martes o miércoles, Arias fue notificado que la secretaría que preside Arias sacó una resolución donde no se hizo lugar al planteo administrativo de objeción de conciencia.
“He manifestado públicamente que Arias tiene todo el derecho del mundo a tener una objeción de conciencia desde el punto de vista de su persona y de manifestar que es abogado canónico. Pero como oficial público del Registro Civil, la Provincia no le otorga el cargo para que cumpla la ley según su objeción de conciencia o según su creencia”, argumentó Haidar. La funcionaria remarcó que el cargo se le otorga para “cumplir la ley”.
El dictamen de la secretaria de Justicia coincide con planteos similares del secretario de Justicia del área legal y la Fiscalía de Estado. “Con todos esos argumentos, yo como secretaría de Justicia y como autoridad máxima del área opté por sacar esta resolución denegándole el planteo de objeción de conciencia administrativa”, explicó.
Además, Haidar explicó que al jefe del Registro Civil local sólo le queda acudir a Tribunales. “Sólo la Justicia podrá determinar que un funcionario público de carrera no cumpla la ley en el organismo para el cual fue designado”, manifestó. “Para la administración del Estado no tiene posibilidad de no cumplir con la ley. Tiene que cumplir con todas las obligaciones que su cargo le impone. No tiene excepciones de ninguna naturaleza”, agregó.
Paralelamente, Haidar explicó que la objeción de conciencia sólo es válida cuando es “coherente” y “permanente”. De manera que así como Arias se niega a casar personas del mismo sexo, “del mismo modo debería haberse negado a inscribir hijos nacidos fuera del matrimonio o a inscribir divorcios vinculares porque en ambos casos la opinión de la Iglesia es contraria”.
En consecuencia, si vuelve a suscitarse una situación como la del viernes pasado, Arias está obligado a realizar la ceremonia. Haidar no quiso determinar si el pedido de licencia estaba correctamente otorgado. “No puedo rebotar un certificado médico”, indicó. Pero si vuelve a suceder lo mismo, adelantó que tendrán que tomar “otro camino”. “De repetirse, veremos como continua el tema”, añadió.
“Yo me aseguré de que las personas que habían pedido la fecha tuvieran el servicio que estaban solicitando porque ese era lo que corresponde y es lo que nosotros convalidamos desde la secretaría”, dijo Haidar más adelante.
De todas formas, Haidar sostuvo que no le gusta aventurar: “resultados ni situaciones por anticipado porque también están en juego personas. No hago futurología con respecto a la actitud de las personas”. Y volvió a remarcar: “ya le hemos indicado cual es el camino: si quiere tener una opinión sobre su objeción de conciencia, tendrá que recurrir al poder judicial”.