Sigue el culebrón por las elecciones de la Cooperativa Eléctrica

COMUNICADO DE PRENSA DE LA LISTA AZUL: (Textual)

Ante el atropello y la constante mentira por parte de quienes hoy conducen los destinos de la institución nos vemos en la necesidad de precisar a la opinión pública algunas cuestiones referentes al proceso eleccionario en curso en la Cooperativa.-

El propio estatuto que estos señores afirman respetar a ultranza, dice que cualquier disputa referente a cuestiones electorales debe ser resuelta por el órgano local o provincial competente, hoy el órgano provincial competente es el I.P.C. y M.E.R.-

La autoridad de dicho instituto no sólo proviene del Estatuto de la Cooperativa, sino que también le es claramente atribuida por la Ley (Leyes Nacional 20.337, Provincial 8.674 y convenio de delegación de facultades I.N.A.E.S. / I.P.C. y M.E.R. refrendado por Decreto 6022/77).-

Es decir que la Resolución N° 34 del I.P.C. y M.E.R. que oficializó la “Lista Azul” fue dictada por el órgano competente, en ejercicio de atribuciones que le son propias, no fue apelada administrativamente y por lo tanto se encuentra CONSENTIDA y FIRME.-

La Lista Amarilla presentó un recurso ante la justicia (Acción de Prohibición) para que sea la Justicia la que prohíba la ejecución de la Resolución N° 34. La Dra. Pasqualini indicó claramente que dicha resolución se encuentra FIRME. El fallo ha sido apelado, pero el efecto de la apelación es devolutivo, por lo que si el Consejo de Administración cumpliera con la Ley, debería acatarlo (hasta que se expida el S.T.J.E.R.), dado que dicho fallo tiene plena vigencia.-

Mienten cuando dicen que oficializar la “Lista Azul” significaría violar el estatuto; por el contrario, violar el estatuto es precisamente lo que ellos hacen al no reconocer la autoridad expresamente contemplada en el estatuto y aferrarse a una interpretación ridícula que ya ha sido desechada por resolución que ni siquiera han tenido el tino de apelar.-

También mienten cuando dicen que las elecciones nunca fueron suspendidas, ya que según consta en el Acta Nº 1.873, del 19-08-2011 del Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Ltda., donde la misma procede a rechazar la Resolución Nº 34/11 del I.P.C. y M.E.R., y en particular el Cdor. Russo aclara que dicho rechazo resuelto – en votación de nueve a uno de los integrantes de dicho Consejo-, implica que «… queda suspendido todo el proceso eleccionario, especialmente en lo que se refiere a la entrega de credenciales…”

En fin, una cantidad de mentiras y dislates que resultan hasta difíciles de creer por personas que tienen en sus manos el manejo de tan importante institución. Todo tendiente a perpetuarse ilegítimamente en el poder y a no permitir que los asociados se expresen con el voto.-

Por ello, los integrantes de la “Lista Azul” hemos asumido un fuerte compromiso de no descansar hasta lograr que actúen las autoridades para que toda la serie de engaños, intrigas, mentiras e incumplimientos salga a la luz y que finalmente los socios de la Cooperativa PODAMOS VOTAR y elegir así de manera democrática sobre quienes recaiga la importante responsabilidad de regir los destinos de la Cooperativa.-

Cr. Guillermo Benedetto (candidato a Síndico)
Oscar Ensina (candidato a consejero)
Norma Mena (candidata a consejera)
Horacio Etchetto (candidato a consejero)
Juan José Buktenica (apoderado)
Pablo Lapiduz (apoderado)

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