sábado 18 de octubre de 2025

-

Director: Claudio Gastaldi

RegistrarmeNewsletter
Filter by Categorías
Ambiente
América Latina
Colonia Ayuí
Concordia
Coronavirus
Covid-19
Derechos Humanos
Diamante
Dictadura
Dos Orillas
Economía
Educaciòn
El país
Federal
Información general
Informes Especiales
Iosper vs Femer
Judiciales
Juicio Político
Legisaltura
Legislativas
Ley de Etiquetado
Los Charrúas
Mundo
Municipios
Colonia Ayuí
Diamante
Estancia Grande
La Criolla
Los Charrúas
Puerto Yeruá
Nacionales
Opinión
Opinion
Opinion Guilermo Luciano
Opinión: Claudio Gastaldi
Opinión: Guillermo Luciano
Policiales
Política
Provincial
Puerto Yeruá
Salud
Sin categoría
Sociedad
Violencia Laboral

Si no vota en Agosto, igual podrá votar en Octubre

El secretario de la Cámara Electoral, Nicolás Deane, aclaró que el código electoral estipula que “ni el juez electoral” puede pedir a las autoridades de mesa que no acepte el voto a una persona que está en los padrones, por lo que “se hace difícil impartir” la resolución de la jueza federal María Servini de Cubría, quien había resuelto que todos aquellos que no votaran durante las elecciones primarias del 14 de agosto tampoco podrían hacerlo en las nacionales del 23 de octubre. Deane sostuvo que “habrá qué ver que dice la cámara electoral después de las primarias” pero “la realidad es que el código electoral prevé que las autoridades de mesa no pueden aceptar que se impugne la inhabilidad de ningún elector que este en el padrón. Todos los electores que figuran tienen derecho a votar”, explicó.
Según se informó, Deane destacó que la intención de la jueza fue “poner en el tapete y en la prensa la obligatoriedad del voto de las primarias”. Además, recordó que “el hecho de que esta resolución pueda no quedar firme el día de mañana no implica que las elecciones del 14 de agosto son tan obligatorias como las nacionales del 23 de octubre”.
Por otra parte, remarcó que aquellas personas que no cumplan con el voto recibirán sanciones como “no ingresar al estado como empleado, en caso de ser empleado público podría recibir sanciones y no podrá realizar trámites en oficinas públicas nacionales, municipales y provinciales”. Consultado al respecto, el secretario reconoció que en la Argentina la obligatoriedad del voto “es bastante relativa, no hay sanciones tan exigentes” y recordó que la pena monetaria no esta actualizada por lo que no es aplicable.

Entradas relacionadas

Deja el primer comentario