“Si esto no funciona, la opción es la prisión”, dijo Giorgio

El libro, cuya autoría es compartida con la esposa de Giorgio, la Dra. Carolina López Bernis, en sus primeros capítulos trata sobre aquellas medidas alternativas a la pena de prisión, fundamentalmente, la probation. “La probation es una reforma que se implementó en el Código penal argentino en el año 94 y, lamentablemente, por si deficiente redacción legislativa hubo diferentes posturas o doctrinas, interpretaciones de la ley”, dijo Giorgio.
La probation, explicó el autor, es “una posibilidad que se le da al imputado de optar por este beneficio, que es un derecho, en realidad. Si opta por el mismo, se suspende la acción penal que se sustancia en su contra. A cambio de eso, el juez le aplica una serie de reglas de conducta por un tiempo determinado. Si el imputado las cumple, se extingue la acción penal”.
La probation en sí, puede ser aplicada de diferentes formas. “La ley simplemente enuncia una serie de reglas de conducta que deben ser aplicadas”, indicó el autor. Justamente, en el libro se hace una “crítica constructiva” hacia los magistrados que la aplicaron pero, por diferentes motivos, dejaron de fiscalizar su cumplimiento. “El punto débil es el control. Lamentablemente se hacen reglas de forma automática sin ver la necesidad del caso en concreto. Hay que hacer un esfuerzo para tratar de revertir esto”, dijo.
De lo contrario, Giorgio previno contra la sensación de impunidad “por la mala aplicación” que la sociedad percibirá acerca del procedimiento. “El beneficiado termina prácticamente no haciendo ningún tipo de tareas porque no se lo puede controlar”, explicó. La falta de personal del poder judicial es uno de los factores. Otro es la falta de colaboración de las autoridades. “Ya sean municipales o instituciones privadas. Es un problema de nosotros como sociedad. Tendríamos que hacer convenios para ver en que forma esto se puede aplicar”.
Las diferentes intrepretaciones que mencionó Giorgio al principio se manifiestan al momento que el juez evalúa la clase de delitos que pueden ser punidos con la probation. “Hay una interpretación restrictiva y otra amplia. La restrictiva es para aquellos delitos de competencia correcional, es decir, de hasta 3 años. Y la amplia, que el STJ ha recepcionado, es para todo aquel imputado que tenga derecho a una pena de prisión condicional”, explicó el letrado.
Girgio también manifestó su confianza en que la Corte Suprema de Justicia, con la incorporación de Raúl Zaffaroni, un abogado penalista “garantista”, va a generar jurisprudencia favorable a la tesis “amplia”.
En cuanto a la aplicación de la norma -el libro tiene una recopilación de los casos otorgados- Giorgio aseguró que Entre Ríos es pionera en materia de aplicación de la misma. “Sino fue la pionera, fue una de las primeras que adhirió a la tesis. Poco a poco, todas las provincias se están adhiriendo a esta postura por una necesidad que es el grave déficit del sistema penitenciario que es la prisión”.
El libro también se refiere, en uno de sus capítulos, a la “lamentable situación carcelaria”. “Todos sabemos las condiciones de superpoblación carcelaria que existen, de hacinamiento, la transmisión de enfermedades”, describió el abogado.

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