Sentenciaron a uno y seis meses de prisión condicional a acusados de homicidio

Los jueces consideraron que ambos imputados actuaron con un exceso en su legítima defensa, ante los hechos que ocurrieron con sus vecinos en el barrio Munilla, donde murió Oscar Pereyra y fue herido en el rostro Javier Pereyra, hermano de la víctima.

En forma unánime, García Jurado, Alicia Vivian y Mariela Rojas, condenaron al joven de 18 años que presuntamente baleó en el rostro a Javier Aníbal Pereyra, a la pena de un mes de prisión de ejecución condicional por encontrarlo responsable del delito de homicidio simple en grado de tentativa, en exceso en la legítima defensa. 

Por mayoría, con la disidencia de Alicia Vivian, que entendió que debía absolverse a Morales por no haberse acreditado el exceso en la legítima defensa, García Jurado y Rojas condenaron a seis meses de prisión de ejecución condicional a Mario Morales como autor responsable del delito de homicidio simple en exceso en la legitima defensa, en perjuicio de Oscar Alberto Pereyra. 

A su vez se ordenó para los dos condenados la aplicación de reglas de conducta, por el término de dos años, consistente en el deber de fijar residencia, no molestar a los damnificados y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes. 

También se ordenó librar un oficio al Jefe Departamental de Policía para que tome conocimiento de lo actuado por sus agentes al momento de los hechos enjuiciados. “Los funcionarios policiales fueron convocados vía telefónica y en forma personal por la familia Morales antes que se produjeran los graves hechos, pero no intervinieron, tomaron distancia del lugar explicando que debieron proteger la integridad física ante las agresiones de los mismos protagonistas del conflicto”, señala la sentencia.
El Tribunal consideró que la agresión no tuvo su origen en una provocación de los condenados, pero entendió que no fue proporcional el medio empleado (arma de fuego) para repeler la agresión, actuando ambos inculpados con exceso en la legítima defensa. 

La sentencia condenatoria dictada el 22 de mayo, no se encuentra firme y puede ser impugnada por la Fiscalía, la querella, ya que ambos solicitaron condena, por Homicidio simple en el primero de los casos y Tentativa de Homicidio en el segundo, rechazando la legítima defensa.

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