Senadores sancionó definitivamente las modificaciones al Código Fiscal

Orlandi informó que se modificó el artículo 16, donde se les daba a las clínicas y sanatorios de la provincia, un plazo de 96 cuotas con un interés del 0,50 mensual, y en la Cámara Baja se lo llevó al 1 por ciento mensual.
Por otro lado aclaró: “habíamos aprobado que se condonaban las multas e intereses devengados hasta el 30 de noviembre de 2005 a las corporaciones municipales que actuaron como agentes de recaudación de tributos provinciales; la deuda la habíamos aprobado en 12 cuotas y diputados la modificó a 24 cuotas con un interés del 0,50 por ciento mensual”.
Además se derogó el artículo 18, “que hablaba de los expedientes administrativos que contengan deudas, que hasta la fecha de la Ley hayan cumplido con los plazos de prescripción previstos en el Código Fiscal, sin que exista constancia fehaciente de haberse interrumpido”. También se anuló el artículo 19 que refería “a la derogación de la Ley 8293, que habla de la capacidad prestable de los bancos de la provincia”.
El legislador informó que “quedó sin efecto el artículo donde se condonaban las deudas de los impuestos automotores, por los vehículos dados de baja por la provincia”.

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