martes 23 de diciembre de 2025

-

Director: Claudio Gastaldi

RegistrarmeNewsletter
Filter by Categorías
Ambiente
América Latina
Colonia Ayuí
Concordia
Coronavirus
Covid-19
Derechos Humanos
Diamante
Dictadura
Dos Orillas
Economía
Educaciòn
El país
Federal
Información general
Informes Especiales
Iosper vs Femer
Judiciales
Juicio Político
Legisaltura
Legislativas
Ley de Etiquetado
Los Charrúas
Mundo
Municipios
Colonia Ayuí
Diamante
Estancia Grande
La Criolla
Los Charrúas
Puerto Yeruá
Nacionales
Opinión
Opinion
Opinion Guilermo Luciano
Opinión: Claudio Gastaldi
Opinión: Guillermo Luciano
Policiales
Política
Provincial
Puerto Yeruá
Salud
Sin categoría
Sociedad
Violencia Laboral

Senadores sancionaron el proyecto de Historia Clínica Digital

El proyecto de ley señala que este sistema propuesto tiene como objetivos:

a) Establecer los estándares mínimos de confección de la Historia Clínica Digital para todos los pacientes.

b) Garantizar el acceso de los pacientes a la información contenida en las Historia Clínica Digital por medio de consultas electrónicas o presenciales o por facultativos debidamente autorizados por los mismos.

c) Garantizar el derecho a la salud de la población mediante la provisión oportuna, en todo lugar y en tiempo real de sus datos y archivos médicos.

d) Mejorar la eficiencia del sistema de salud en su conjunto.

e) Proveer a la confidencialidad y suficiente protección de los datos personales y clínicos de cada paciente.

También incluye el texto, que ahora pasa al Ejecutivo para su promulgación, una serie de definiciones que deberán ser tenidas en cuenta a los efectos de esta norma, que son:

a) historia clínica digital (HCD): es el documento obligatorio, cronológico, foliado y completo, en el que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales o auxiliares de la salud.

b) efector de salud: se entiende por tal a los hospitales generales de agudos, hospitales generales de niños, hospitales especializados, centros de salud polivalentes y monovalentes, médicos de cabecera, y todos los establecimientos de Salud públicos y privados.

c) paciente: Persona que padece psicofísicamente y que se halla bajo atención médica.

Entradas relacionadas

Deja el primer comentario