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Senadores convalidaron las modificaciones para el Código Fiscal

Fue el senador del departamento Diamante, Daniel Kramer, quien solicitó el ingreso dentro de los asuntos fuera de lista y posteriormente fundamentó, indicando que se trata de una herramienta para que el Poder Ejecutivo pueda profundizar las políticas de desarrollo que está llevando adelante en la provincia. Se aprobó sobre tablas y por unanimidad.

El proyecto había sido tratado ayer en la Cámara de Diputados. Los legisladores habían mantenido, en las últimas semanas, reuniones con el titular de la Administradora Tributaria, Marcelo Casaretto y con el ministro de Economía, Diego Valiero. El texto fue girado al Ejecutivo para su promulgación.

Tal como informó el lunes DIARIOJUNIO, la iniciativa prevé facultar a la Administradora Tributaria de Entre Ríos, de todos los poderes de la ex Dirección General de Rentas, más la facultad de inscribir y dar de baja tributos de oficio, conforme la información con que cuente la administradora; sin perjuicio que se resguarde el derecho de defensa del contribuyente. Pero además, el nuevo código prevé nuevos gravámenes para actividades antes no contempladas como la TV codificada o de circuito cerrado, la telefonía celular, Internet, Call centers, y webshosting.

Por otra parte, establece nuevas alícuotas para la venta de automóviles cero kilómetro, y un estricto control sobre las formas de evasión en este rubro. Todas las concesionarias radicadas en la provincia deberán facturar y tributar los vehículos en la provincia y no en la provincia donde se encuentras sus casas centrales, además estarán obligadas a informar a ATER de todas las ventas, al igual que las aseguradoras, que tendrán prohibido asegurar automóviles cero 0km no registrados en la provincia.

Los terrenos baldíos dentro del ejido urbano tendrán un recargo adicional que va de 20% al 100% del impuesto inmobiliario, de acuerdo a los metros cuadrados. Además se definen modificaciones al régimen simplificado, otorgando a ATER el poder transferir compulsivamente al régimen general a los contribuyentes que utilicen al primero para evadir.

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