Esta comisión entiende sobre todo proyecto de carácter constitucional o político; reforma de la Constitución; sobre conflictos de leyes; atribuciones de los poderes públicos constituidos; tratados y negocios interprovinciales; régimen electoral; expropiación; cuestiones de privilegios; reforma o interpretación del Reglamento de la Cámara; sobre todo acuerdo que solicite el Poder Ejecutivo y, en general, sobre cualquier asunto de directa o inmediata vinculación con la interpretación y aplicación de la Constitución Nacional o Provincial.