Ante diferentes interpretaciones que se hicieron públicas luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) decidiera suspender el inicio del juicio oral por la desaparición de Fernanda Aguirre a raíz de la jubilación del camarista Felipe Celli, Elías se refirió al trámite iniciado por el camarista ante el organismo provincial. Así, remarcó que los magistrados del Poder Judicial no pueden ser jubilados si no se cuenta con su expresa voluntad plasmada en el pedido del beneficio jubilatorio, ya que la inamovilidad constitucional de sus cargos excluye toda posibilidad de aplicar la llamada jubilación de oficio.
En ese sentido, dijo que el caso de Celli se inició en la Caja en mayo: “El camarista tenía 26 años de servicio con aportes del sistema previsional entrerriano y tiene cerca de 60 años de edad. Como en la Provincia pedimos 62 de edad y 30 de aportes, no se cumplían las condiciones”. Por esta razón, según precisó, “en octubre de 2006 promovió gestiones de compra de servicios autónomos”. Indicó que abonó 8.900 pesos por los 14 años de autónomo declarados, para que la suma le diera los 40 años de servicios con aportes, y alcanzar la edad jubilatoria y el 85% móvil.