SEDICIÓN POLICIAL: El Juez Funes Palacios Confirmó la prisión preventiva para 17 policías y otorgó la libertad a Cendra

Durante más de tres horas el Juez de Garantías argumentó su fallo, destacando y definiendo cada una de las conductas descritas y probadas (para el grado de certeza que requiere esta instancia) que perpetraran los imputados entre la noche del 8 de diciembre y el día siguiente, prestando especial atención en detalles que demuestran la incitación al delito pro parte de los sediciosos. En este punto, el juez destacó que al hacer cargo de las salas de radio, algunos de los imputados se dieron a la tarea de instigar a os demás funcionarios a que se plieguen al paro, y exigiendo que todos los móviles se condujeran a la jefatura de policía. “la violencia, ejercida esa noche, debía quedar puertas adentro de la jefatura” analizó el magistrado tras señalar que la ausencia del equipo de grabación de imágenes de video digital de la central de policía había sido robada, y que, al menos con la evidencia obrante en la causa, “a los únicos que beneficiaría la desaparición de esa prueba, es a los imputados”

 

Funes Palacios, destacó también claramente que “los policías no son trabajadores de la provincia, son funcionarios, y como tales tienen un grado de responsabilidad que no pueden desconocer”

 

Además, el magistrado insistió con la evidencia que justifica la necesidad de privar de la libertad a los acusados, en el sentido de que es la única forma de lograr que los testigos declaren libremente, y a las pruebas se remitió. Recordando los antecedentes de amenaza y represalias a testigos en la misma causa por parte de los funcionarios policiales y sus familiares.

 

Razón con la que argumentó la necesidad de mantener la prisión preventiva hasta la fecha de lectura del juicio oral y público

 

Imaz

 

En cuando al imputado Alfredo Imaz, detenido la semana pasada, el Juez dictó la prisión preventiva e las mismas condiciones que el resto de los detenidos, destacando el rol decisivo de Imaz en la ejecución del plan de la toma. “fue quien modulaba desde un móvil que se plegaran todos a la protesta” destacó el magistrado tras señalar que los testigos son coincidentes al señalar que estaba uniformado y armado. Además, señaló que fueron los propios imputados quienes lo incriminaron al reprochar que “porqué no están detenidos también los otros que estuvieron en la toma”, y dieron nombres

 

Cendra

 

En cuanto al imputado Cendra, Funes Palacios aclaró que la defensa presentó evidencia que certifica que el imputado no estuvo durante la toma de la jefatura, porque estaba cumpliendo servicios en la fiesta del arándano en La Criolla, pero que si hay una foto que prueba que estuvo el día 9. El funcionario tenía que estar en la jefatura ese día porque tenía funciones que desempeñar, y la razón por la que se decide su libertad es porque según esa fotografía, que es la prueba más fuerte en su contra, para el fiscal el imputado esta con un palo en la mano, en tanto el juez no tiene claro si es un palo o un rollo de papel.

 

Funes determinó que eso no alcanza para dictar un sobreseimiento, pero si para dictar la inmediata libertad del acusado, con medidas restrictivas de prohibición de acercamiento a los coimputados, a los testigos de la causa, y con la obligación de presentarse en tribunales cada 15 días.

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