Sedición Policial 2013: A 9 años, las defensas de los policías van por todo y fiscalía espera que queden firmes las condenas de 2015

Este lunes por la mañana se llevó a cabo una nueva audiencia de Casación, tal como lo ordenó el Superior Tribunal, a fin de revisar las condenas en juicio de primera instancia de 16 policías por el delito de Sedición. Hecho ocurrido durante los primeros días de diciembre de 2013. 

La misma se desarrolló en el Centro de Convenciones de Concordia (CCC) con espacio suficiente para albergar a varios de los condenados, abogados defensores, fiscales y miembros del tribunal. DIARIOJUNIO habló con el fiscal Dr. Martín Nuñez quien dio algunos detalles de la audiencia, una lectura de la causa y expresó que, a su parecer, a veces es preferible aceptar una condena de primera instancia antes que entrar en una serie de recursos que dilatan los procesos y hacen que la justicia llegue tarde tanto para los propios acusados, víctimas y el general de la sociedad. 

En la nueva audiencia de Casación -tal como lo ordenó el Superior Tribunal- a fin de revisar las condenas de los 16 policías imputados por los delitos de sedición en diciembre de 2013, contó con la presencia de policías condenados y los abogados defensores Marcelo Giorgio, Oscar Bacigaluppe, Juan José Buktenica, Gonzalo Cantallops y el abogado paranaense Damián Petenatti. En tanto, por el Ministerio Público Fiscal, estuvieron la Dra. Julia Rivoira, el Dr. Mario Guerrero y el Dr. Martín Nuñez. 

Las defensas de los policías pidieron la prescripción de la causa como primera opción y fueron por más solicitando la anulación de las sentencias de 2015 que dictaron los vocales Perroud, Barbagelata y Gallo. La fiscalía, por su parte, pidió la ratificación de las sentencias.

Luego de las exposiciones, el nuevo tribunal integrado por Evangelina Bruzzo, Mariano Caprarulo y Fernando Martínez Uncal resolvió que la respuesta a los planteos se dará a conocer el 4 de abril.

Lo cierto es que a 9 años de un suceso que costó vidas y bienes, y sumió en el pánico, el caos y el vandalismo a toda una ciudad, viéndose una extorsión inusitada hacia el poder político y la sociedad en su conjunto, todavía no está dicha la última palabra. 

El Dr. Martín Nuñez, explicó que la defensa de los condenados “volvió a reeditar sus planteos de nulidad del juicio y le agregan ahora el pedido de prescripción de la causa.”

Respecto al planteo de la prescripción,  el fiscal Nuñez dijo que es un pedido que entiende como incorrecto “porque está expresamente previsto en el código que, mientras haya algún funcionario en actividad, la prescripción queda suspendida. Es un tipo de delito que afecta a la administración pública, cometidos por funcionarios públicos en ejercicio del cargo. Sólo cuando estén todos los imputados cesanteados y hayan concluido su labor, recién ahí empiezan a correr los plazos para las prescripciones que pueden ser de 2 a 12 años de acuerdo a las penas”.

La condena en el juicio de primera instancia contra los policías sediciosos tiene penas que van de los tres a los cuatro años y medio. Tanto fiscalía, por considerarlas exiguas, como las defensas de los condenados por considerarlas arbitrarias y contrarias a derecho, no estuvieron de acuerdo y pidieron la elevación a casación, en aquel entonces en Paraná. 

En 2018, dicha cámara no sólo confirmó la sentencia de primera instancia, sino que agravó las penas a los policías. Pero en 2019, y tras un recurso presentado por los letrados de la defensa, el Superior Tribunal revocó esas condenas y solicitó que vuelvan a Casación. Es en ese interín que se crea la Cámara de Casación en Concordia y deviene la pandemia por Coronavirus, lo que fue dilatando la causa y la revisión de aquella sentencia de primera instancia en 2015. 

“Aquel tribunal de primera instancia dictó penas según la participación de cada uno de los imputados en la causa. Penas que van de tres años a cuatro años y medio, por lo que son de cumplimiento efectivo”, recordó Nuñez. 

Respecto al pedido de nulidad, el Dr. Nuñez dijo que “la defensa argumenta arbitrariedad, cuestión que la fiscalía entiende que se trata de criterios distintos y no de argumentos que se contradicen o que esconden falta de explicación de cómo se llegó a una determinada resolución. Lo que ellos esgrimen como arbitrario son en realidad manifestaciones de disconformidades o que el tribunal dio por probados hechos que no se consideran como tales. Algo que no expresa arbitrariedad sino criterios distintos. Ellos, los defensores, tienen derecho a pedir que se revise la sentencia condenatoria, pero no por arbitrariedad sino porque pueden considerar que no fue debidamente valorada la carga probatoria. Ahora, el tribunal de Casación se va a tomar un mes para analizar todo el debate, lo que pasó durante el juicio, y decidir si fue correctamente valorada la prueba o no”, señaló Nuñez y agregó: “Desde fiscalía entendemos que todo está debidamente fundado. Son 215 páginas donde tres jueces se tomaron el trabajo de analizar puntillosamente todo lo que pasó durante las 54 audiencias del juicio y las declaraciones de los más de 100 testigos en la causa. Yo estimo que la sentencia de primera instancia debería ser confirmada, pero ese es mi entender. Es una decisión que les compete a los jueces de Casación. De hecho, cuando el Superior Tribunal anula la anterior sentencia de la Cámara de Paraná, lo hace por el agravamiento de penas y no porque la valoración de las pruebas haya sido incorrecta. Lo que el Superior entendió era que no estaban probados hechos que hacían a la figura de “Sedición Agravada” por alzamiento en armas de funcionarios públicos en ejercicio del cargo, privación ilegítima de la libertad, daños, lesiones leves. Sólo que estaba probada la Sedición, lo que hace que las penas se vean reducidas sensiblemente, de 12 años de máximo a 6 años, justamente la mitad”. 

El tribunal que falló en primera instancia los declaró “autores material y penalmente responsables del delito de sedición agravada por la condición de funcionario público” e impuso diversas penas, más la inhabilitación especial para ejercer funciones públicas. Pero, tanto la fiscalía como los defensores, recurrieron las sentencias y así la causa inició un largo periplo que aún no ha concluido. 

Sobre ese particular, Nuñez da una apreciación que anticipó como “muy personal”: “Muchas veces es preferible una solución con una pena más baja, pero que quede firme y no esta situación de años y años de recursos tras recursos. Cuando más se van dilatando una causa más se va arrimando la prescripción de la misma. Además, otra cosa que pasa es que, cuando se va a aplicar la pena, el sujeto ha rehecho su vida, ha cambiado su realidad, la gente, las víctimas ya no tienen tan presente el caso como cuando ocurrió y también esa sensación de que la Justicia llega tarde. Yo, como fiscal, he recurrido sólo dos veces a Casación y fue cuando consideré que se había aplicado muy mal el derecho o entiendo que hubo errores muy grandes”.

Ahora, de quedar firme las sentencias de aquel lejano juicio de 2015, en esta nueva instancia de Casación, es muy probable que las defensas vuelvan a recurrir al Superior Tribunal. 

Parafraseando una popular canción brasileña “A Felicidade”, de Vinicius de Morais y Tom Jobim, a veces “Justiça não tem fim”.  

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