miércoles 15 de octubre de 2025

-

Director: Claudio Gastaldi

RegistrarmeNewsletter
Filter by Categorías
Ambiente
América Latina
Colonia Ayuí
Concordia
Coronavirus
Covid-19
Derechos Humanos
Diamante
Dictadura
Dos Orillas
Economía
Educaciòn
El país
Federal
Información general
Informes Especiales
Iosper vs Femer
Judiciales
Juicio Político
Legisaltura
Legislativas
Ley de Etiquetado
Los Charrúas
Mundo
Municipios
Colonia Ayuí
Diamante
Estancia Grande
La Criolla
Los Charrúas
Puerto Yeruá
Nacionales
Opinión
Opinion
Opinion Guilermo Luciano
Opinión: Claudio Gastaldi
Opinión: Guillermo Luciano
Policiales
Política
Provincial
Puerto Yeruá
Salud
Sin categoría
Sociedad
Violencia Laboral

Se suspendieron todas las actividades deportivas en Paraná y Gualeguaychú

Conocido el decreto presidencial de necesidad y urgencia Nº 714/20, las ciudades de Paraná, San Benito, Colonia Avellaneda, Oro Verde y la localidad de Gualeguaychú, fueron declaradas en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).

Dicha norma establece la suspensión de todas las actividades físicas, deportivas y recreativas en las ciudades antes mencionadas, tanto en los espacios públicos como en las instituciones privadas. Además establece en el artículo 18, puntos 2 y 3, la prohibición de eventos deportivos públicos y privados, como así también el funcionamiento de gimnasios y clubes.

“Tal como ha expresado el gobernador Gustavo Bordet, desde la Secretaría de Deportes de la provincia se trabajará con los respectivos municipios en propender el estricto cumplimiento de estas medidas hasta el 13 de septiembre, momento en el cual se evaluará la situación sanitaria y el impacto de las mismas”, aseveró el secretario de Deportes, José Gómez.

En el mismo marco, el funcionario sostuvo: “Estamos convencidos que a partir del trabajo articulado entre provincia y municipios, pero sobretodo con el compromiso social e individual de los habitantes de estas ciudades y especialmente de quienes realizan actividades recreativas y deportivas, lograremos ir superando esta compleja situación y retomar el proceso de reapertura progresiva de las actividades”.

Excepciones

Es importante destacar que en el artículo 13 del presente Decreto de Necesidad y Urgencia se establecen excepciones en el punto 8, en el cual se menciona la práctica deportiva desarrollada por los atletas que se encuentran clasificados o en proceso de clasificación para los XXXII Juegos Olímpicos o Paralímpicos, personas afectadas a la actividad de entrenamiento de la Asociación del Fútbol Argentino y la práctica deportiva desarrollada por los atletas miembros de la selección argentina de Rugby, otras selecciones nacionales y automovilismo.

En consonancia con estas medidas establecidas se informa que en el resto de las localidades del territorio entrerriano se podrán continuar realizando las actividades recreativas y deportivas que hasta el momento se encuentren habilitadas por los distintos decretos emitidos por el gobierno provincial.-(Prensa Secretaría de Deportes – Ministerio de Desarrollo Social)

Entradas relacionadas

Deja el primer comentario