Los objetivos básicos de la ordenanza es establecer pautas que permitan “la promoción y radicación de inversiones económicas, como así también contribuir al pleno empleo de los factores productivos, impulsando especialmente la demanda de mano de obra y la generación de nuevos puestos de trabajo, así como al crecimiento y alta competitividad de las empresas existentes en dichos distritos y sub áreas y de los emprendimientos que se localicen”.
Según se informó desde la Municipalidad, quienes se incorporen al plan, contarán con beneficios impositivos. Entre ellos, los inversionistas tendrán una desgravación progresiva de la Tasa por Inspección de Higiene, Sanitaria, Profilaxis y Seguridad, a partir de la fecha de aprobación de la solicitud de acogimiento.
Desgravación progresiva
Asimismo, se estableció que para las empresas que residan en La Capital del Citrus con una antigüedad no menor a dos años, la tasa será de un 100 %, en tanto del tercer al quinto año inclusive la desgravación será del 10 % por cada personal en relación de dependencia que incorpore a partir de la puesta en marcha del emprendimiento promovido, hasta alcanzar los 10, a partir del cual gozarán del ciento por ciento de desgravación.
En tanto, las empresas cuya titularidad corresponda a personas físicas o jurídicas en general tendrán el siguiente beneficio: primer año, tasa de desgravación del ciento por ciento; a partir del segundo y hasta el quinto año inclusive: la tasa de desgravación estará dada por un 5 % por cada personal en relación de dependencia que incorpore a partir de la puesta en marcha del emprendimiento promovido, hasta alcanzar los 20, a partir del cual gozarán del ciento por ciento de desgravación.
“En ambos casos el personal en relación de dependencia a computar a los efectos de la desgravación deberá cumplir con una residencia normal y habitual no menor a dos años en la ciudad de Concordia”, según se especificó en la ordenanza.
En tanto, para quienes no residan en la ciudad, pero se asocien con titulares locales, “gozarán de los mismos beneficios”, aunque esas empresas deberán —según rige en la norma— cumplimentar las obligaciones fiscales dispuestas en el Código Tributario Municipal, Ordenanza Tributaria Anual y toda otra ordenanza, decreto o disposición vigente.
Asistencia nacional
Asimismo, se informó que las empresas contarán con la asistencia del Municipio en la realización de gestiones ante los organismos provinciales, nacionales e internacionales como así también en entes prestatarios de servicios públicos, entidades bancarias y financieras.
“Además, contarán con asistencia en las promociones y ferias que se hagan a nivel local, nacional e internacional, como así también contarán con programas de capacitación, relevamientos y estudio de mercado”, se indicó.