Claudio García, defensor de la coimputada Nélida Beatriz Leiva, pidió la libertad o, en su defecto, la prisión domiciliaria a cumplirse en su domicilio en Feliciano. Argumentó como "excesiva la cantidad de tiempo propuesta por la fiscalía, aduciendo que Leiva no tiene antecedentes de ningún tipo, no posee poder económico y no entorpeció la investigación estando en libertad".
Luego de las alocuciones de las dos partes, y también de la propia imputada, quien le respondió algunos términos al fiscal, el Juez de Garantías, Eduardo Degano aclaró que "se habló de clamor popular o alarma social, pero yo en ningún momento en mis 30 años de ejercicio, dispuse una medida extrema de privación de la libertad por el clamor social”
“Acá tenemos la regla que es el Código Procesal Penal, y por sobre el CPP, la Constitución Entrerriana y por encima de ella la Nacional, nunca privé de la libertad de un ciudadano porque la comunidad así lo pide, muy por el contrario, para que se dicte la prisión preventiva el fiscal tiene que contar con elementos suficientes”, manifestó el juez.
Aclarado esto, manifestó que por los indicios rescatados hasta el momento, se puede decir que la imputada Nélida Beatriz Leiva, pudo haber tenido participación en el hecho. “En esto habrá que definir cuál es su clasificación, si es partícipe necesaria, primaria o secundaria, autora o encubridora, en qué grado lo determinará el tribunal".
Teniendo en cuenta que "estamos ante un núcleo familiar que es proclive a inmiscuirse en problemas judiciales, que cuando eran buscando no vinieron voluntariamente a presentarse ante la justicia, sino que hubo que utilizar a fuerzas nacionales, se ha modificado el vehículo y se quemó el presunto chaleco de Bermani, por estos argumentos, voy a prorrogar la prisión preventiva de Nélida Beatriz Leiva por 60 días, porque considero que es el tiempo suficiente para que el fiscal avance en la investigación", expresó el juez.