Se Inyectan al consumo más de $560 millones con la ayuda para los hijos que van a la escuela

Aquellos trabajadores cuyos empleado­res aún no estén incorporados a este sistema percibirán dicha asignación junto con el sueldo y también la percibirán los beneficiarios de las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART), beneficiarios de la Prestación por Desempleo y jubilados y pensionados, según confirmaron desde la ANSES.
El director ejecutivo de esa administración nacional, Diego Bossio, destacó que “así como desde el Gobierno nacional se implementó la Asignación Universal por Hijo para dar cobertura de salud y educación a los niños y adolescentes de los trabajadores informales y desempleados, la ayuda escolar que paga la ANSES todos los años a los trabajadores en actividad es una contribución que permite afrontar los gastos del inicio del ciclo lectivo”.
Coherencia. Consultado por Buenos Aires Económico sobre la importancia de este beneficio, el abogado laboralista y diputado nacional Héctor Recalde sostuvo que “apreciamos dinámica y coherencia en la ayuda a los sectores sociales que la requieren. Es una obligación que es menester de cualquier Estado que se precie de tal” y acotó “tiene concordancia también en los 14 aumentos que se otorgaron a los jubilados desde el 2003 hasta ahora”.
Recalde enfatizó también que hay un concepto pendiente de aclaración “cuando nos referimos a beneficios ‘universales’, se debe dar por entendido que nos esta­mos refiriendo ‘a todas aquellas personas que lo necesitan’. No está de más acla­rar, por citar algún ejemplo, que en modo alguno sería lógico otorgar un beneficio a sectores pudientes”.
La prestación alcanza aproximadamente a 3.305.750 hijos de trabajadores en relación de dependencia de todo el país que están en edad escolar y que concurren a establecimientos donde se imparte enseñanza de nivel inicial, EGB, polimodal o primaria y secundaria.
También se otorga cuando el hijo con discapacidad concurre a establecimientos en los cuales se dicta enseñanza diferencial o rehabilitación, inclusive cuando sea im­partida por maestros particulares con matrícula habilitante.
Los trabajadores de empresas incorporadas al SUAF cobrarán, entre marzo y abril; los que cobran las asignaciones familiares a través sus empleadores, con los habe­res del mensual febrero, si acreditaron la asistencia al ciclo lectivo anterior, o den­tro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo contra la presentación del certificado escolar correspondiente.
En tanto los jubilados y pensionados cobrarán con los haberes de febrero, al igual que los beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
El monto general de la Ayuda Escolar Anual es de $170 por hijo y varía en el caso de los trabajadores en relación de dependencia que desarrollan actividad en zonas diferenciales, y de los jubilados y pensionados que residen y perciben sus haberes en zonas diferenciales.
El importe máximo para cobrar esta asignación es de $4.800 y sin tope en el caso de aquellos trabajadores que poseen hijos con discapacidad.
Estado. El marco social de influencia y de aplicación política para éste y otros beneficios otorgados desde el 2003 fue realzado por Héctor Recalde, en diálogo con Bae. “Si nos referimos a las obligaciones del Estado, tenemos que entender la misión de contener y respaldar a los sectores que así lo necesiten, y que de al­guna manera hoy parecen molestar a determinados sectores, porque esa gente se agrupó en cooperativas –reguladas por las intendencias– u otros estamentos sociales. El fin social de la ayuda oficial tiene un signo claro desde el 2003”, consigna Bae.

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