La funcionaria nacional estará en Entre Ríos acompañada por el subsecretario de Organización de Ingresos Sociales, Daniel Fernández, y por el licenciado Héctor Arioni, quienes en horas de la mañana se reunirán con el ministro Bordet y con los factores locales que se desempeñan en el área social en la provincia.
Según destacó Lovato, a través del monotributo social las personas obtienen una registración en AFIP y pueden comenzar a facturar oficialmente. Además tienen el beneficio de optar por una obra social de libre elección y el período promovido, que dura dos años, también se registra como activo para los efectos jubilatorios. “Este beneficio les brinda a las personas que están trabajando en la informalidad un ingreso al trabajo formal”, explicó la funcionaria.
Al mismo tiempo, subrayó que “el beneficio es para las personas vulnerables, para aquellos que están comenzando su empresa; deben ser no profesionales, con ingresos anuales inferiores a 12 mil pesos. No está destinado a profesionales universitario para el libre ejercicio de la profesión, para quienes tienen relación de dependencia, ni para asalariados. Está asignado a las personas que en el mercado del trabajo formal no ha conseguido un lugar para desempeñarse y que por sí inicia actividades a través de un emprendimiento productivo, de un desempeño personal a través de un oficio o en una cooperativa de trabajo”.
Asimismo, Lovato apuntó que la actividad económica que desarrolle la persona debe ser sustentable, es decir que debe contar con la posibilidad de desarrollarse en un lapso de tiempo prolongado, para lo cual el inscripto debe poseer un cúmulo de capacidades, experiencia en la actividad y conocimiento del mercado en el que el proyecto laboral se llevará a cabo.
La funcionaria precisó que el costo del monotributo social es de 12,22 pesos por mes por todo concepto, mientras que el costo del monotributo general es de 92 pesos.
¿Cuándo una persona está en estado de vulnerabilidad social?
La noción de vulnerabilidad social identifica a grupos sociales, hogares e individuos, que por su menor disponibilidad de activos materiales (ingresos, vivienda) y no materiales (protección social: salud, educación y seguridad social), quedan expuestos a sufrir alteraciones bruscas y significativas en sus niveles de vida, especialmente ante cambios en la situación laboral de sus miembros activos.
Esta situación deberá ser comprobada por un trabajador social del Ministerio, que evaluará las condiciones en que se encuentran las personas que quieran inscribirse. Esta evaluación consiste en la realización, en el domicilio de la Ficha Social «Las familias cuentan», donde se relevarán los principales aspectos relacionados con la situación laboral y la calidad de vida del inscripto y su grupo familiar y/o relacional.
¿Qué beneficios se obtienen al ser efector?
El efector social quedará inscripto dentro del régimen de monotributo social, por medio del cual abonando pagará mensualmente el 50% del componente social (actualmente $12,22): puede emitir factura; accede a una cobertura médica con idénticas prestaciones que reciben el resto de los afiliados monotributistas en cualquiera de las obras sociales sindicales. Es requisito indispensable que el interesado opte por una obra social al momento de inscribirse en el registro, caso contrario no se llevará a cabo tal inscripción.
A los efectos del sistema jubilatorio, se le computará como período aportado el tiempo de permanencia en el registro.
¿La familia también tiene la cobertura de la obra social?
Todo el grupo familiar (esposa/o e hijos) puede acceder a la cobertura médica, mediante el pago de un adicional por cada adherente.
¿Qué es el monotributista social eventual?
La categoría de monotributista social eventual fue creada para aquellas actividades que se desarrollan irregularmente o de carácter temporario/estacional y no necesitan facturar durante todo el año.
¿Qué beneficio tienen los monotributistas sociales eventuales?
El monotributista social eventual está exento de ingresar el pago a cuenta del 5% de los ingresos brutos que generen cada una de las operaciones que realicen, tal como se exige a los monotributistas eventuales, pero no tendrán la cobertura de una obra social.