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Se habilitarán en Entre Ríos un total de 2.968 mesas para los comicios legislativos

Del padrón electoral se desprende que Paraná Ciudad tiene 199.641 electores, Paraná Campaña 76.822, La Paz 53.729, Diamante 37.737, Victoria 28.899, Nogoyá 31.441, Gualeguay 42.088, Tala 21.631, Uruguay 79.490, Gualeguaychú 87.783, Ibicuy 9.990, Villaguay 37.727, Concordia 127.273, Federal 20.370, Colón 49.346, Feliciano 11.793, Federación 52.179 y San Salvador 14.751.

En materia de seguridad, ya está todo organizado por parte del gobierno entrerriano. Serán 1.596 los efectivos de la Policía de Entre Ríos que desde el domingo a las 7 participarán del operativo de seguridad por los comicios.

¿Quiénes votan?

Votar es obligatorio para todos los argentinos mayores de 18 años, estén o no afiliados a un partido político. Desde la sanción de la Ley 26.774, el voto es opcional para todos los argentinos mayores de 16 años -o que los cumplan hasta el 27 de octubre de 2013-, y que hayan realizado la renovación del DNI de los 14 años antes del 30 de abril de este año.

¿Cuáles son los documentos válidos para votar?

La libreta de enrolamiento, la libreta cívica y el DNI en cualquiera de sus formatos (libreta verde, libreta celeste, tarjeta del DNI libreta celeste y el nuevo DNI tarjeta).

¿Cómo son los padrones?

Entre las principales características del nuevo formato de padrón, está la incorporación de un espacio para la firma del votante, de una constancia de emisión de voto troquelada y, como prueba piloto, de la fotografía de los electores.

¿Se entrega una constancia?

El presidente de mesa le entregará al elector una constancia con los datos del elector y la firma del presidente de mesa. La constancia se encontrará adherida al padrón mediante un troquelado y una vez que el elector firme el padrón el presidente firmará el troquel y lo entregará junto con el documento. Si el elector no figura en el registro de infractores al deber de votar y pierde la constancia, no necesitará hacer ningún trámite. Si aparece en el registro como infractor, pese a haber votado, podrá solicitar a la autoridad competente que verifique su firma en el padrón.

¿Qué pasa con quienes no voten?

El elector que no vote dentro de los 60 días posteriores a la elección deberá concurrir a la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta. También podrá dirigirse a la Cámara Electoral.

Cuando no vote en uno solo de los actos electorales –primarias o generales- la multa será de 50 pesos. El monto de la segunda infracción será de 100 pesos y se acumularán a los 50 pesos de la primera infracción.

Funcionamiento del Registro Civil

Todas las oficinas del Registro Civil permanecerán abiertas el domingo entre las 8 y las 18 para que se puedan retirar los DNI que aún permanecen en estos organismos estatales.

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