Según informó el Once, Guillermo Ibarra asesinó a Pedro Cabaña y Ramón Miño en octubre y noviembre de 2004. Por ello, la Sala 2 de la Cámara del Crimen lo condenó a prisión perpetua. Posteriormente, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, rechazó el Recurso de Casación de la defensa, pero la Corte Suprema de la Nación, ordenó revisar la sentencia.
En el año 2010, el STJ revocó la perpetua y lo condenó a 22 años de prisión, al recalificar el delito y esa es la pena que cumplía desde entonces. Según indicaron fuentes policiales, Ibarra comenzaría a cumplir con las salidas transitorias de carácter condicional, en el próximo mes de noviembre del corriente año.
El miércoles 20 de octubre de 2004 Paraná amaneció con la noticia de un nuevo crimen: la noche anterior Guillermo Ibarra había matado a Pedro Ramón Cabañas, en el depósito municipal del Parque Urquiza. La autopsia determinó que tenía cortes en distintas partes del cuerpo y que murió calcinado. El móvil, según la investigación, habría sido una deuda de cinco pesos por la venta de una bicicleta robada.
Dos semanas después, el 3 de noviembre, hallaron el cuerpo sin vida de Ramón Alejo Miño. Ibarra lo ató de pies y manos, lo apuñaló e incendió su precaria vivienda con el cuerpo de Miño adentro.
En junio de 2006 se desarrolló el juicio, donde el Tribunal integrado por Raúl Perotti, Juan Ascúa y Raúl Hérzovich encontró a Ibarra culpable de los delitos de Homicidio Simple, Homicidio Agravado por alevosía y Amenazas calificadas por el uso de arma, y lo condenó a prisión perpetua.