Se desafilian del Iosper 4.000 docentes privados

La resolución judicial supone un serio problema que todavía las autoridades no saben cómo resolver: este viernes está previsto que se reúnan funcionarios de las áreas de liquidación de sueldos del Gobierno, el Consejo de Educación y el Iosper para definir cómo llevar a la práctica la orden de la Corte. Lo único cierto es que los docentes privados tendrán cobertura del Iosper sólo durante lo que resta de junio, pero el servicio se cortará en julio.
La Osdop ya envió cartas documento a todas las escuelas públicas de gestión privada –la mayoría confesionales, ligadas a la Iglesia Católica– advirtiéndoles de la resolución judicial, e intimándolas a depositar a favor de Osdop los aportes personales de los docentes a partir de junio.

La Corte declaró inconstitucional el texto del decreto Nº 4.427, del 21 de diciembre de 1972, por el que se había dispuesto la incorporación como afiliados cautivos del Iosper de todos los docentes privados, que se desempeñan en los 300 institutos de enseñanza privada, con una matrícula de 70 mil alumnos. La demanda había sido iniciada por la propia Osdop contra el Gobierno provincial.
Osvaldo Bodean, presidente de la Asociación de Escuelas Públicas de Gestión Privada, confirmó ayer a El Diario que todos los institutos han recibido la intimación de parte de Osdop, advirtiéndoles que a partir de este mes debían depositar los aportes en esa obra social y no en el Iosper. El texto de la nota dice que la obra social Osdop es ahora la “única legitimada a recibirlos”.
A ese respecto, el fallo del máximo tribunal dictaminó que Osdop “es la legítima recipendaria de los recursos, que en concepto de aportes y contribuciones deben efectuar los empleadores propietarios de los establecimientos educativos de gestión privada, tanto los con aportes, como sin aportes”.
La medida tendrá su impacto en el bolsillo y en la salud de los docentes privados. Actualmente, la legislación los obliga a aportar al Iosper el 3 % de sus salarios, a lo que se suma el 4 % que aporta el Estado como patronal. Pero incorporados a Osdop las sumas son diferentes. Un docente privado debe aportar el 3 % de la remuneración sujeta a aportes del afiliado titular, con un adicional del 1,5 % por cada familiar a cargo. Y el Estado, en vez del 4 %, aporta el 5 %, con lo cual el gasto en masa salarial para el sector se verá engrosado a partir del mes próximo.

En Entre Ríos, el Estado comparte el costo de la inversión privada y por el principio de cofinanciamiento aporta al pago de la mayor parte de los cargos y horas cátedra docentes. Según los datos del presupuesto 2010, las escuelas privadas se llevan alrededor de un 15 % del presupuesto educativo provincial, que para 2010 se fijó en 1.835 millones de pesos.
El fallo de la Corte pone blanco sobre negro: el Estado tendrá la obligación de girar los fondos a los apoderados de los institutos privados para el pago de salarios, y a la vez depositar en la cuenta de Osdop los montos correspondientes a los aportes personales y patronales de esos docentes cuyos ingresos se costean con recursos públicos.
Aunque el traspaso no parece ser de simple resolución, según admitió ayer el titular del Iosper, Silvio Moreyra. “A nosotros nos ordenan que no tenemos que mantenerlos más como afiliados, y por eso a fin de mes a esa gente se les corta la prestación”, señaló.
Claro que el corte podría complicar tratamientos de larga duración y la recuperación de créditos asistenciales otorgados por la obra social provincial para afrontar gastos médicos de envergadura en los afiliados. Pero además, se suma el serio inconveniente de la falta de cobertura total de la provincia en infraestructura por parte de Osdop, como sí la tiene Iosper. La situación más complicada se daría en el interior de la provincia.
En el Iosper dicen que el impacto no será tanto económico –4.000 docentes sobre 270 mil afiliados que tiene la obra social provincial-– como sanitario para los propios docentes alcanzados por la medida.

Signes: “Es el último recurso”

EL FISCAL DE ESTADO, Julio Rodríguez Signes, dijo ayer que el Estado no recurrirá el fallo de la Corte porque se trata de un “último recurso” en el marco de un juicio extenso que ahora se ha resuelto. De acuerdo con lo que indico ante la consulta de EL DIARIO, lo que la Fiscalía hizo fue poner en conocimiento de los pormenores de la sentencia tanto al Consejo General de Educación (CGE) como al Iosper para que lleven a cabo la medida.
–¿Tendrá incidencia también respecto a la Caja de Jubilaciones, porque los docentes privados son aportantes?
–No, que yo sepa. Esto sólo tiene efectos respecto al Iosper.

¿Privados o públicos?

La situación de los docentes de escuelas públicas de gestión privada es complicada: dependen de un privado, el apoderado legal de la institución, pero los salarios los paga el Estado, ya sea mediante el sistema centralizado, con liquidación al igual que el resto de la docencia estatal, o descentralizado, en forma directa en sus escuelas.
Pero ocupa un lugar de envergadura: el subsistema de educación privada en Entre Ríos representa el 20 % de la oferta educativa provincial, con una matrícula de alrededor de 70 mil alumnos. Casi todos los institutos son confesionales, la mayoría católicos, pero hay también no confesionales. A nivel de las decisiones gubernamentales lograron un ocupar un lugar de tal jerarquía que en la estructura del Consejo de Educación hay un área específica para atenderlos.
Quizá por eso, la legislación ha insistido en los últimos años en considerar a los docentes privados en el mismo rango jurisdiccional que los docentes públicos, aunque planteado el tema en la Justicia, el Estado ha venido perdiendo las demandas.
Una de las últimas, el artículo 92 de la Ley Nº 9.330 de Educación, ya derogada, que estableció que “ningún docente podrá ejercer en incompatibilidad”, lo que suponía que no podía tener más de un cargo docente ni acumular más de 36 horas cátedra por semana, en cualquier nivel y modalidad de enseñanza, ya sea de gestión estatal o privada.
Pero el Sadop fue a la Justicia y consiguió que ese apartado sea declarado inconstitucional, con lo cual la acumulación de cargos en escuelas públicas y privadas continuó dándose, porque se consideró que son jurisdiccionales que nada tienen que ver unas con otras.
Ahora, la Corte da un paso más y estableció que tampoco están obligados los docentes privados, como sí los estatales, a permanecer cautivos de la obra social provincial, el Iosper, y les permitió desafiliarse.

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