San Salvador dio el primer paso en la búsqueda de transparencia institucional

“El cumplimiento de este requisito constituye una regla básica de la democracia y tiene por finalidad, garantizar la honestidad y asegurar la transparencia de todos los actos de gobierno”, indicó Berthet.
El procedimiento consiste en la presentación de las mismas ante la contaduría municipal, el órgano de control interno, tanto al iniciar una gestión como al culminar, de sendas declaraciones juradas en sobre cerrado y lacrado, por parte de los funcionarios de todos los bloques que ocupen cargos en la gestión. A su vez la Contaduría debe proceder a registrar su recepción en un libro protocolizado.
Argentina, como país miembro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, asumió el compromiso de implementar esta norma. Por lo tanto, la misma fue trasladada a la Reforma Constitucional de 1994, que luego dio lugar a la sanción la Ley 25.188.
En el orden provincial la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas patrimoniales ya tenía aplicación desde tiempo atrás, a través de la Ley 3886 y su Decreto Reglamentario Nº 4931/53. Por otra parte, la Ley Nº 10.027/11 Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, en su Artículo 116, la hizo extensiva al orden municipal.
En cuanto a la sanción en San Salvador de esta ordenanza, el intendente agregó: “tengo la íntima satisfacción de informar que el cien por ciento de mis funcionarios ha dado cumplimiento a la presentación de sus declaraciones antes de que venciera el plazo de sesenta días que fuera establecido”.
“Esto permite demostrar que la norma no fue sancionada con el fin de dar visos de legalidad, sino para que su aplicación sea irrestricta». Además aseguró “esto es así porque en primer lugar ha sido un compromiso de mi campaña, destinado a poner a disposición de los ciudadanos todos los mecanismos de control, y en segundo lugar porque todos los que integramos este equipo de gobierno tenemos la convicción de que el agente público es un servidor cuya actuación debe ser controlada para el bien de la comunidad”.
A su vez, la gestión dispuso otras dos medidas complementarias. Una consiste en la adhesión mediante ordenanza a la Ley Nacional de Responsabilidad Fiscal, lo que obliga al municipio a dar publicidad a todos los actos de gobierno. Y la otra, es que se pondrá en marcha, en poco tiempo, la nueva implementación de la Página Web del Municipio; la misma tiende a poner al alcance de la población toda la información relativa de la gestión. Esta página proveerá información actualizada sobre los proyectos, las obras, la evolución de los gastos y recursos, deudas, la ejecución del Presupuesto, las licitaciones y sus adjudicatarios, entre otras.

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