Como otras veces, quedan exceptuados de la restricción, el transportes de leche cruda, de animales vivos, de productos frutihortícolas en tránsito, exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, de atención de emergencias, de asistencia de vehículos siniestrados, cisterna de traslado de combustibles y de Gas Natural Comprimido, de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, de transporte de medicinas y de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.
Los caminos afectados por la medida de la ANSV son las autopistas de acceso a la Capital Federal y Gran Buenos Aires en toda su extensión, y las rutas nacionales 3, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 14, 19, 20, 22, 33, 34, 35, 36, 38, 40, 60, 74, 105, 127, 141, 146, 147, 148, 157, 158, 174, 188, 205, 226, 231 y 237.
El organismo vial coordinará el operativo con Gendarmería Nacional, la Secretaría de Turismo, la Subsecretaría de Transporte Automotor, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), los gobiernos provinciales y las cámaras empresarias del transporte automotor de cargas.