El ministro de Gobierno, Adán Bahl, dijo que “la restricción tiene por objetivo facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito durante el recambio turístico de la temporada” y agregó: “Quedará restringida la circulación de camiones en las rutas nacionales que atraviesan la provincia entre el próximo sábado 15 desde las 18 hasta las 23.59 y el domingo 16 de 8 a 14”.
En este sentido recordó que “el gobierno provincial, desde diciembre del año pasado, viene llevando a cabo un intenso dispositivo de prevención en rutas. A través del operativo Verano Seguro, que se extenderá hasta el próximo mes de marzo, se ha dispuesto más de 500 agentes viales. Se han intensificado los controles a través de 17 puestos fijos y 17 puestos móviles, a lo largo de las rutas provinciales, sumado además la instalación de 12 gacebos con un trabajo conjunto con agentes de Salud y Turismo.”.
El ministro Bahl subrayó que “es un trabajo que se basa en la educación y concientización. Se trata de controles en relación a la documentación, velocidad y alcoholemia\», y expresó que \»la tarea de los estados nacional, provinciales y municipales necesitan de la toma de conciencia de todos los ciudadanos a la hora de conducir\».
“El objetivo claro que tenemos es salvar vidas, y si bien los resultados han sido muy buenos tenemos un largo camino por recorrer, que es posible siempre y cuando todos respetemos las leyes y las normas, y un Estado presente ayuda a proteger al ciudadano\», dijo Bahl.
Días y horarios para la restricción
La restricción para la circulación de transporte de carga en las rutas nacionales que atraviesan la provincia, será durante el día sábado 15 desde las 18 hasta las 23.59 y el domingo 16 de 8 a 14.
Los camiones no podrán circular por la ruta nacional Nº 12, entre el tramo Brazo Largo – Ceibas; por la ruta nacional Nº 14, entre el tramo Ceibas – km 341 y entre la ruta nacional Nº 127, entre el empalme de la ruta Nº 12 hasta el límite con la provincia de Corrientes.
Quedan excluidos los vehículos que transporten leche cruda -sus productos derivados y envases asociados-, animales vivos, productos frutihortícolas en tránsito, de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, de atención de emergencias, transporte de medicinas, cisternas de traslado de combustibles, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo y de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.