sábado 18 de octubre de 2025

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Regulan la presencia de fumadores y no fumadores en locales privados

De acuerdo a lo que determine el decreto reglamentario, las unidades específicas municipales de cada tema (Medio Ambiente, Arquitectura, etc.) deberán reglamentar los locales donde “uno va a poder diferencias espacios para fumadores y no fumadores”. En esos casos, los espacios destinados para fumadores van a tener que estar separados físicamente y contar con ventilación adecuada.
Por ejemplo, en un restaurante grande “en donde el metraje cuadrado pueda hacer separación, va a tener que ser físicamente, un elemento que separe. No una mesa para fumadores y una para no fumadores”, expresó el edil. La otra opción es que el dueño del local pueda optar por convertirlo en un local sólo para fumadores, debido a que sabe que su clientela es adicta a los cigarrillos. “El no fumador no se va a poder quejar”, expresó.
No obstante, señaló que en algunos locales tienen distintas habitaciones. “Realmente la medida general del local es muy grande pero los espacios chicos son chicos y que el propietario diga que esta habitación que está completamente cerrada, con aireación hacia el exterior y demás, es para fumadores”, expresó. En lugares como el Odeón o el Auditórium se deja establecida la prohibición de fumar.
La ordenanza no estipula plazos para que el ejecutivo municipal saque el decreto reglamentario, donde se deben establecida las sanciones para quienes incumplan la normativa. Además, se establece la creación de una comisión que trabajará en “la comunicación y la implementación, la elaboración del decreto reglamentario, la educación y un teléfono para que se puedan denunciar a los lugares donde se incumple con la norma”.

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