Recién en octubre podría realizarse el nuevo juicio por el asesinato de “Lela” Masetto de Pinto

Si bien estaba previsto que el juicio diera inicio hace más de dos meses, Briceños contó que “los defensores habían planteado la nulidad de una prueba (relacionada con) el secuestro y la peritación de una zapatilla marca Ringo (perteneciente a uno de los acusados). Nosotros contestamos la vista, nos opusimos y dimos los fundamentos y ayer salió que fue rechazada esa posibilidad de nulidad”. “Recién ahora, después de que se resolvió esa nulidad, entró para fijar fecha”, informó. Respecto a ese elemento probatorio, el profesional detalló que “esa muestra, en el segundo juicio, -cuando yo intervengo- no se había podido establecer con certeza que pertenecía a la zapatilla marca Ringo. Yo pedí que la prueba la haga la Policia Federal –que tiene medios mas específicos- y se confirmó que esa huella es idéntica a la dejada en el lugar del hecho.”
Los dos sujetos sindicados como autores del crimen, el correntino Sebastián Cañete y el chajariense Ramón Insaurralde “están excarcelados (desde enero de este año) por el prolongado tiempo que ha durado este proceso” pero “cada 15 días se tienen que presentar en la Cámara Penal de Concordia, además de cumplir ciertas reglas de conducta”. Cañete está en Concordia y “el otro creería que también podría estar en esta ciudad.”, señaló.
Cuando salga la fecha, sería ya el tercer juicio, aunque por errores procesales, el segundo no llegó a realizarse. Nelida Masetto de Pinto, una mujer de 60 años fue violentamente asaltada y asesinada el 21 de noviembre de 2005, en el almacén familiar que tenía en Colonia Belgrano. El hecho fue esclarecido rápidamente y en menos de 48 horas de acometido el crimen, personal policial de la Comisaría de Chajarí ya tenia detenidos a los únicos dos sospechosos del hecho.
Posteriormente, se los procesó (había mas de 80 elementos probatorios de la autoría de los mismos) y se los condenó. Ambos sujetos trabajaban en una quinta cítrica de la zona y recibieron la sentencia de “prisión perpetua” en 2007, pero por errores del Juzgado de Instrucción de Chajarí a cargo en ese entonces de Edgardo Redruello detectados por el Superior Tribunal de Justicia, (observaron la incompatibilidad que había en el hecho de que ambos acusados tuvieran el mismo abogado defensor cuando entre ambos se acusaban) hicieron que todo lo actuado en la causa original fuera anulado.
“Fue un vicio importante y a mi criterio fácilmente advertible, lo que no quiere decir que se le pueda pasar a uno.”, había observado Briceños a este medio hace ya algún tiempo, ante lo que fue el reclamo de los defensores de Cañete e Insaurralde a través de la apelación al Superior Tribunal de Justicia. “Si hay dos imputados y uno lo acusa al otro, creo que hasta ni es necesario ser abogado para darse cuenta de que no estuvieron representados ninguno de los dos imputados.”, expresó en su momento.

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