Rechazan la recusación contra integrantes del STJ

Una formación especial de la Sala de Asuntos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia, rechazó la recusación hecha contra siete integrantes de ese cuerpo, en el marco de la causa “Salgaro y otras”, en la que se define el planteo de inconstitucionalidad de los descuentos que practicó el Gobierno de los días de paro docente durante 2008.
El planteo del abogado Carlos Fenés, patrocinante de las docentes que lograron que la Justicia en primera instancia declare inconstitucional el no pago de las jornadas de huelga, es que tanto Daniel Omar Carubia y Claudia Mizawak, integrantes de la Sala del STJ que debía resolver la cuestión, como Germán Carlomagno, Susana Medina de Rizzo, Bernardo Salduna, Leonor Pañeda y Emilio Castrillón, quienes podían llegar a reemplazar a los dos primeros en caso de apartamiento, habían incurrido en prejuzgamiento, tras haber firmado una acordada del máximo Tribunal, en la que se disponía una medida igual a la cuestionada judicialmente: el descuento de los días de paro, en el caso por un paro de la Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER).
La decisión de la Sala de Asuntos Constitucional, que conservó uno solo de sus integrantes originales, Carlos Chiara Díaz, fue que los integrantes del cuerpo no prejuzgaron al tomar una decisión limitado a su poder de superintendencia en el Poder Judicial.
“No existe ninguna norma legal que ampare las pretensiones de las accionantes y no puede aceptarse que el haber rubricado el Acuerdo Nº 21 – estrictamente relacionado con cuestiones de superintendencia del Poder Judicial – pueda implicar un prejuzgamiento contrario a la garantía de imparcialidad”, indicó Chiara Díaz en su voto, al que adhirió el vocal del STJ Juan Ramón Smaldone.

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