En los considerandos del proyecto se sostiene que: “El convenio deberá dejarse sin efecto pues avanza sobre aspectos no regulados por las leyes nacionales y provinciales vigentes, e inexplicablemente otorga permiso a una empresa privada -YPF SA- para estudiar potenciales proyectos exploratorios de hidrocarburos en el territorio de la provincia –art. 1.1. del Convenio- que finalmente le otorgarán prioridad de contratación a esta empresa frente a otros oferentes.”
Entre los numerosos argumentos, también se desliza que: “En tal contexto, nada puede justificar apresuramiento en este tipo de decisiones como es la de suscribir un convenio de la naturaleza del que nos ocupa. Si bien nos encontramos ante un convenio previo a las etapas de exploración y explotación, no podemos permitir avanzar en actos preparatorios ni aceptar la política de los hechos consumados que tanto mal han causado en nuestra provincia. Todavía estamos a tiempo mientras no se deriven obligaciones imposibles de revertir.” En otro párrafo, el proyecto afirma: “Esta decisión de establecer un convenio que tomó en cuenta solo a una de las tantas empresa privadas que en el mundo y en nuestro país desarrollan actividades similares a las de YPF SA, y que desconoció la posibilidad de discutir en el ámbito provincial la creación de empresas estatales que cuenten con posibilidades de ocupar ese lugar, mediante formas que permitan un mayor control de las actividades de exploración y explotación de nuestros recursos naturales y del cuidado del medio ambiente, amerita un conocimiento y una discusión mucho más profunda de nuestra dirigencia y de nuestra comunidad toda.”
Por lo tanto, en el artículo 2º del proyecto textualmente se dispone: Solicitar al Poder Ejecutivo se abstenga de firmar nuevos acuerdos de tal naturaleza en relación con los recursos hidrocarburíferos provinciales hasta tanto no se cumplan al menos los siguientes requisitos: a) Se encuentre plenamente vigente y reglamentada una ley de Hidrocarburos para la Provincia de Entre Ríos, la cual deberá ajustarse a lo dispuesto por el art. 85 de la Constitución Provincial. b) Se encuentren plenamente vigentes y reglamentados los institutos establecidos en el artículo 84 de la Constitución Provincial referido al diseño y aplicación de la política ambiental y la creación de un ente de aplicación; c) Se encuentren plenamente reglamentados los artículos 50 y 51 de la Constitución Provincial referidos a la Consulta Popular y la Audiencia Pública, respectivamente; y d) Se proceda observando las reglamentaciones de la Constitución Provincial previstas en los incisos anteriores, y la legislación vigente.
EL PROYECTO
Según lo publicado por DIARIOJUNIO, el gobierno provincial había acordado con el vicepresidente ejecutivo de la empresa, Sebastián Eskenazi, que YPF financiará el ciento por ciento del trabajo de exploración. Se mencionaron acuerdos dado que la exploración es lo más caro dentro del proceso, porque es el de mayor riesgo. Se habló asimismo de las provincias que tienen dominio minero y tampoco pueden disponer dinero con este fin, por lo que se crearían asociaciones estratégicas.
Desde YPF se había asegurado que hasta marzo la empresa estará firmando los convenios y resaltó que “Entre Ríos será la primer provincia en rubricar el acuerdo el 9 de febrero”.
Un dato a destacar es que el directivo de YPF dijo “sabemos que Entre Ríos tiene potencial, esto no quiere decir que vamos a encontrar petróleo de un día para otro. Pero hay potencial, se sabe que hay rasgos de petróleo y gas”.
El proyecto de lograr un “marco legal adecuado” es tan interesante como la búsqueda y la inversión productiva en nuevas áreas. Es de esperar que uno y otro objetivo no se neutralicen y se paralicen los intentos de lograr una provincia diversificada.