El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dejó firme el fallo favorable a un recurso de amparo presentado a mediados de octubre por el Foro Ecologista de Paraná, junto con la Asociación Civil por la Justicia Ambiental (AJAM), ante la omisión de brindar una respuesta a la solicitud de información pública ambiental -realizada en agosto por vía administrativa- referida a los datos catastrales de la totalidad de los terrenos de las islas del Delta del Paraná en territorio provincial, el que ocupa parte de los departamentos de Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay, Gualeguaychú e Islas de Ibicuy.
En tanto, sólo dictaminó en contra en lo referido a la aplicación de astreintes, es decir, las sanciones valuadas en dinero contra el deudor que demora el cumplimiento de una orden judicial.
El referente del Foro Ecologista de Paraná, Daniel Verzeñassi, había indicado a DIARIOJUNIO que pensaban que la provincia tenía esa información debidamente registrada, catastrada y relevada. “Simplemente tenían que copiar, imprimir y acercarlo”, indicó. Pero la provincia incurrió, primero en una demora y luego en el incumplimiento del pedido ya que no acercó la información requerida. Desde el Foro Ecologista aseguraron que no les quedó otra alternativa que presentar el recurso de amparo en la Justicia.
También señaló que la pretensión era que “la sociedad pudiera enterarse de quiénes son los responsables de los lotes que fueron incendiados y cuyos comienzos fueron identificados como intencionales. Es un secreto a voces que intereses de la ganadería en la zona de Islas hacen estas quemas cada tanto para facilitar la venida cada tanto de especies con alto valor forrajero sin importar qué significa para el ecosistema que nos sostiene a todos los que habitamos este territorio y que es lo que pasa con el aire que se respira y el propio sistema que se degrada y los bordes costeros de esas islas que también pierden buena parte de su capacidad de depuración del río”, remarcó. “Es un importante avance para sacar de la impunidad y el anonimato a quienes han hecho semejante estrago y que piensan seguir haciéndolo porque tienen la sensación de que son impunes para todo, pero en algún momento, como esta vez, se le ha hecho saber a través de esta sentencia, que en algún momento, por un lado y otro, hay ciertas afectaciones a la sociedad que la sociedad no permite que sigan ocurriendo”, remarcó.
Verzeñassi manifestó que querían hacer extensivo el conocimiento que iban a tener a partir del pedido de información a toda la sociedad. “La sociedad tiene derecho a saber quiénes son sus vecinos, quienes son los que habitan y definen, sin tener la potestad para hacerlo y con la arrogancia creyendo que el territorio les pertenece, con todas las incumbencias de quienes también somos partícipes del territorio. Que la sociedad lo sepa para poder reclamar a quienes les corresponda”..
El referente del Foro Ecologista indicó que pensaban que la provincia tenía esa información debidamente registrada, catastrada y relevada. “Simplemente tenían que copiar, imprimir y acercarlo”, indicó. Pero la provincia incurrió, primero en una demora y luego en el incumplimiento del pedido ya que no acercó la información requerida. Desde el Foro Ecologista aseguraron que no les quedó otra alternativa que presentar el recurso de amparo en la Justicia.
El 28 de noviembre pasado, la vocal de Cámara Contencioso Administrativo, Adriana Acevedo, hizo lugar al amparo ambiental de acceso a información pública que promovieron las organizaciones ambientalistas contra el Estado entrerriano, con el fin de que brinde toda la información que posee sobre los dueños de los lotes en el Delta del Paraná. A raíz del volumen de información peticionada, la magistrada estableció que el Estado reúna el material correspondiente al departamento Victoria y lo entregue el 2 de febrero de 2023.
Además, fijó una audiencia para el 13 de febrero en la que el Estado deberá hacer aclaraciones sobre el material entregado y presentar una propuesta de cumplimiento de información respecto de los demás departamentos en la zona del Delta. Así lo resolvió la jueza en su fallo donde considera que el Estado no cumplió en brindar información en el plazo previsto por la Ley N° 25.831 de Acceso a la Información Pública Ambiental.
Por su parte, el Fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes, solicitó el rechazo de la acción de amparo. Entre los argumentos, señaló que la «información solicitada por el amparista es compleja, y de tal holgura que requiere la intervención de distintos organismos, entes y/o áreas del Estado, como así ́ también la afectación de gran cantidad de recursos humanos para posibilitar su suministro». También consideró que los datos solicitados se encuentran amparados por la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326. También citó la audiencia de mediación del 7 de noviembre, donde entregó parte de la información solicitada. Entonces, dividió la información respecto a lo que es el dominio privado del público y manifestó tener dificultad para reunir toda la información, y no tener mapa interactivo de la misma.
Con este fallo de STJER queda en pie la imposición a la provincia el plazo para hacer saber cuáles son los datos de los registros de los propietarios que tienen ese lugar del Delta.