El hecho produjo, primero, la separación de Musto de sus funciones, y luego la renuncia de quien fuera la primera ministra de Salud y Acción Social en la tercera administración de Jorge Busti, Graciela López de Degani.
Un primer fallo, en 2006, del juez Gustavo Maldonado, había dictaminado el sobreseimiento de López de Degani y Musto en la causa que había iniciado el entonces diputado provincial por el radicalismo Osvaldo Fernández, carataluda López, Graciela Delia s/Incumplimiento de los deberes de funcionario público.
En julio de 2007, la Sala 1 de la Cámara 1º del Crimen convalidó el sobreseimiento dictado en primera instancia, a lo que siguió la presentación de un recurso de casación por parte de la Oficina Anticorrupción y Ética Pública ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ).
En octubre del año último, el máximo tribunal hizo lugar a esa acción, y ordenó a la Cámara revisar lo actuado. Aunque un nuevo fallo que se conoció ahora, esta vez de la Sala II, confirmó los sucesivos sobreseimientos, primero del juez Maldonado, y después de la Sala I de la Cámara del Crimen, con lo cual aquel escándalo de la quema de alimentos queda, hasta ahora, sin responsables.
El titular de la Oficina Anticorrupción y Ética Pública, Luis Pedemonte, le dijo a EL DIARIO que el Estado está todavía a tiempo de recurrir nuevamente ese fallo, aunque todavía no se tomó una determinación al respecto.
“La Cámara entendió que no había delito penal en este caso. Pudo haber, según la Cámara, un acto de negligencia, pero no dolo, esto es que no se quiso deliberadamente incumplir la ley, y por lo tanto no hubo incumplimiento de los deberes de funcionario público”, señaló Pedemonte.
La secuencia judicial fue así: en junio de 2005 se presentó la denuncia; en diciembre de 2006, el juez Maldonado, luego de tomar declaración de los involucrados, dicta el sobreseimiento, que es apelado. Aunque en julio de 2007 la Sala I de la Cámara del Crimen convalidó esa decisión. Apelada por el Estado, a través de un recurso de casación, el STJ obligó a una revisión de la sentencia. Aunque tras su análisis, se confirmó el primer dictamen.
“Esta última decisión se tomó hace cuestión de días. En este contexto, habrá que ver la posibilidad de un nuevo recurso de casación. Todavía se está en tiempo para un nuevo recurso de casación”, dijo Pedemonte.
Aunque con dos sentencias adversas, en el Gobierno evalúan dos caminos: iniciar un juicio civil en procura de conseguir una indemnización por los daños producidos, y a la vez abrir un sumario administrativo a los funcionarios involucrados.
OTRO CARGO.
‘Los involucrados, cada uno en su puesto, siguen ligados al Estado. López de Degani retomó su cargo de médica de planta en el Hospital San Martín, y Musto sigue como numerario en el Ministerio de Salud y Acción Social. Aunque cumple funciones en otra área.
El martes 21 se publicó en el Boletín Oficial el texto del decreto Nº 956, firmado por el gobernador Sergio Urribarri y el ministro de Economía, Diego Valiero, el 20 de febrero, a través del cual se dispuso adscribir a la Cámara de Diputados a Hugo Alberto Musto.
El trámite no pasaría de uno más entre tantos —las adscripciones son una moneda corriente en el Estado, y la mayoría tienen como destino la Legislatura— si no fuera que Musto no es otro que el funcionario que en 2005 estaba a cargo del galpón del Ministerio de Salud y Acción Social donde se almacenaban alimentos destinados a programas sociales, y que por negligencia, se dejaron vencer, y debieron ser incinerados.
El 25 de junio de aquel año, durante una conferencia de prensa en el despacho de la entonces titular de Acción Social se abordó el tema, y se justificó la pérdida de los alimentos en fallas organizativas en las que habría incurrido el responsable del depósito concentrador ubicado en el Distrito Militar Entre Ríos, Hugo Musto.
Entonces, López de Degani se quitó el sayo de las responsabilidades, y se lo colocó sobre las espaldas de Musto.
Dijo que la pérdida de toneladas de alimentos fue por “la irresponsabilidad de la persona que estaba al frente del depósito, con la mala organización, con la burocracia del Estado”.
Echó leña al fuego el director general de Intendencias y Servicios Generales de la Provincia, Ricardo Remedi, quien asumió el mando del depósito de alimentos cuando estalló el escándalo, y Musto fue desplazado de su función.
“Esta gente”, dijo en relación a Musto y sus subordinados en el depósito del Ejército, fue “colocada por mí en diciembre de 2003, cuando montamos las 32 personas para comenzar a andar con el depósito. Yo, cuando me retiré en abril de 2004, estaba todo en perfecto orden”.
La cronología
14 de junio de 2005, el Gobierno había decidido incinerar harina vencida. La noticia fue confirmada por la ministra de Salud y Acción Social de ese entonces, Graciela Degani. Se trataba, dijo, de harina comprada el año pasado (2004) con fecha de vencimiento en mayo (2005).
15 de junio de 2005. Degani informó que la mercadería superaba las cinco toneladas: unos 2.800 kilos de harina, casi 2.000 kilos de fideos y más de 200 paquetes de dulce de membrillo y cacao. La harina estaba vencida y el resto, se había dañado por el efecto de la humedad.
17 de junio de 2005. Cristina Cremer de Busti, titular del Instituto Provincial de la Discapacidad, admitía haber entregado parte de la partida de harina vencida.
Se supo de la entrega de 500 kilos al Centro Comunitario Josefina Zubizarreta de Puerto Viejo y tres toneladas al municipio de La Paz.
18 de junio de 2005. El Gobierno ofreció a Jorge Kerz, Defensor del Pueblo de Paraná, hacerse cargo del manejo de las políticas sociales de la Provincia. Al otro día, aceptó el ofrecimiento y el 23 de junio asumió el cargo de Coordinador de Políticas Sociales.
8 y 9 de Julio de 2005. Otra vez fueron los medios de comunicación, los que alertaron sobre la destrucción de unas 40 mil kilos de alimentos. Ese día (9) renunció la ministra Degani. En medio, el entonces gobernador Jorge Busti ordenó realizar una colecta entre sus funcionarios para costear la pérdida que, según los cálculos oficiales, habría sido de nada más que 35 mil pesos.