¿Puede Cristina ser indultada?

Es cierto que la derecha argentina desde hace tiempo, debido a su cobardía política, intentaron demonizarla a través de una campaña rayana en lo procaz a través de los multimedios de los cuales dispone el Grupo Clarín, La Nación y toda una horda de periodistas «ensobrados» adjudicando a la vicepresidenta toda clase de acusaciones que jamás se pudieron probar. Por eso, al no tener un o una rival de la categoría intelectual y política que pudiera igualarla, decidieron, una vez ajustados todos los resultados de impunidad, enjuiciarla y condenarla sin pruebas evidentes. Y lo que es más patético, provocar un magnicidio de improbables consecuencias de una manera muy descarada. Tanto que al fallar el ataque, el Diario Clarín tituló»: La bala que no salió, el fallo que sí saldrá». Por eso hoy CFK está técnicamente proscrita para ocupar cargos públicos. La sentencia, arbitraria, infundada y revanchista, existe y es aplicable, tribunal probo y honesto, con criterio objetivo e imparcial, revisará lo actuado por los jueces inferiores de primera instancia. Pero en la Argentina, con una justicia colonizada en gran parte por el poder político y económico que responde a las «élites», tiene una larga tradición en proscribir a sus líderes populares, las chances de impartir justicia por la vía de apelación, es cero. ¿Pero alguien cree que la Cámara de Casación Penal, con Hornos y Borinsky, (los tenistas amigos de Macri) pueden revocar la condena? ¿O acaso será la Corte la que levante la proscripción de Cristina?

En política se puede ser de todo, menos ingenuo. La Corte Suprema, histórico reservorio leguleyo de la oligarquía, ha demostrado ser la cabeza del «lawfare», negociar impunemente los fallos y ser funcional al establishment económico y político, por lo  tanto las chances son menores, Salvo, por supuesto que avance en Congreso el juicio político a sus integrantes. Aunque creo que lo máximo que se hará en este tema es visibilizarlos, exponer en su máxima crudeza la inhabilidad moral de que hacen gala.

«El Peronismo es el hecho maldito del país burgués» dijo el histórico John W. Cooke en los 60. Y sigue siendo trágicamente así. La derecha antidemocrática argentina en setenta años de historia, no ha cesado en su esfuerzo por borrar el peronismo de la faz de la tierra. El mismo odio que los llevó en 1955 a bombardear la Plaza de Mayo para asesinar a Perón, matando a más de 300 civiles -incluyendo mujeres y niños-, los lleva hoy, lawfare mediante, a sacar del «juego» a su principal candidata. Cambiaron algunos métodos, pero las ideas y los objetivos son los mismos. Aquella vez dictaron el decreto 4161 (marzo de 1956), que debiera figurar en los anales de los desquicios jurídicos más disparatados del planeta, proscribiendo a Perón y prohibiendo al justicialismo en su totalidad, llegando al absurdo de poner al peronismo incólume, pero proscriben mediante un proceso plagado de irregularidades y huérfano de garantías penales a la única figura que puede representarlo auténticamente. Son estrategias distintas en épocas distintas, que apuntan un mismo objetivo: sacar de la cancha al mayor símbolo que, por capacidad y liderazgo, les arruine la «fiesta» de un nuevo saqueo.

¿El Peronismo, con su larga historia de lucha, exilios y con miles de cuadros y obreros asesinados, va a consentir esta trampa jurídica? Lo veo muy difícil. Máxime cuando en la misma Constitución se encuentra el «remedio» para poner fin a esta paralizante injusticia. Claro está, hay que decidirse.

El Art.99 inciso 5to. de la Carta Magna dice: «El Presidente de la Nación puede indultar o conmutar penas por delitos sujetos a jurisdicción Federal, previo informe del Tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados. En la jurisprudencia argentina se pueden encontrar decenas de casos de indultos concedidos por presidentes constitucionales- e incluso de facto- a reos con condenas firmes, a procesados e incluso a acusados sin proceso; cumplimentándose en algunos casos- y en otros no- el «previo informe del tribunal correspondiente» que exige el inciso 5 antes referido. Uno de los casos mas resonantes en la historia argentina fue el indulto que le concedió Hipólito Yrigoyen en abril de 1930, a Simón Radowitzky, condenado a cadena perpetua por el asesinato del Coronel Ramón Falcón.

Una parte de la doctrina ha sostenido que la facultad presidencial sólo es viable si el encartado se encuentra condenado. Porque de otro modo- si el proceso se está sustanciando- el presidente se estaría «entrometiendo» en la causa y ejerciendo facultades judiciales, expresamente vedados por el Art.109 de la misma Constitución. Sin embargo la Corte Suprema con dictamen del Procurador Matienzo, en el precedente «Ibáñez (CSJN T 136.P 244, admitió la constitucionalidad de un indulto que recayó  contra un procesado que aún no tenía sentencia condenatoria. Allí la Corte dijo: «El ejercicio de la facultad de indultar es procedente cuando existe proceso, ya sea antes, o después de producida la sentencia firme de condenación, puesto que en lo más, está comprendido lo menos, con tal que preceda el informe del tribunal, y no se trate de delitos exceptuados.

CKF, a tres meses del cierre de listas, se encuentra inhabilitada para presentarse porque pesa sobre ella una condena judicial de primera instancia impulsada por Fiscales que jugaban al fútbol con Macri, y dictadas por un Tribunal oral, integrado por jueces del círculo íntimo de Macri. Frente a esta escandalosa  ausencia de imparcialidad en un proceso en el que no se aportó ni una sola prueba incriminatoria y en el que se violaron todas las garantías penales, acceder al indulto es un deber ético y épico del Presidente y un imperativo necesario para restablecer la Justicia.

El indulto a Cristina excede a la misma Cristina. Hay detrás una cuestión de interés público, ya que ella representa más de un tercio del electorado. Si  Cristina no se puede presentar como candidata por el bozal judicial que le han impuesto, varios millones de conciudadanos no tendrán a quien votar para ejercer un imperativo de la democracia que es la de elegir libremente a sus representantes. 

Todos los gobiernos que sucedieron a la caída de Perón- con el peronismo proscripto- han sido dóciles e influenciables a las presiones políticas, económicas y militares. Basta recordar que la Convención Constituyente de 1957, convocada por la Revolución «fusiladora»… Perdón, “Libertadora», después de derogar  la Constitución de 1949 mediante un «bando», nació débil y sin legitimidad por estar proscrito el partido mayoritario. ¿Estaremos a tiempo de no repetir la historia?

La otra cuestión principal a resolver es: ¿En la lucha por el indulto, hay que consultar a Cristina, quien, al fin y al cabo, es el principal sujeto de cuestión?.

La Jurisprudencia de la Corte (Fallos 316:507, entre otros) establece que la voluntad del indultado es irrelevante. La Corte entiende que el indulto no consiste en un acto privado, sino en una potestad de carácter público, instituida por la Constitución Nacional en beneficio de la comunidad. «No cabe al indultado -dice la Corte- la facultad de negarse a aceptar la decisión presidencial, convirtiéndose de tal modo en inoperante un instrumento que halla su razón de ser de existir en el objetivo de la pacificación de la República y no en beneficio particular del condenado». 

Si bien, como vemos, la negativa a recibir el indulto no tiene efectos jurídicos, el indultado sí puede rechazarlo. Hipólito Yrigoyen  rechazó el indulto que le dictó paradójicamente quien lo había derrocado. Lo mismo hizo años después Ricardo Balbín con el indulto que le concedió Perón.

La pregunta es: ¿Indultar a Cristina no es una forma indirecta de reconocer su culpabilidad? En Suiza o Dinamarca, sí. En la Argentina, con jueces corruptos que se reúnen en la clandestinidad con agentes de inteligencia y con gerentes de Clarín, no. 

La sistemática persecución judicial a CFK, de la cual la «causa Vialidad» es una muestra, tiene el único y evidente propósito de excluirla tramposamente de la competencia electoral del 2023.

Las mayorías populares saben que ella es la mejor garantía de un gobierno popular, nacional y antiimperialista, comprometido con la defensa de los recursos naturales que son los objetivos de máxima de la derecha vernácula que tiene desesperación por convertirse en vasallos de un neoliberalismo feroz y voraz en razón de nuevo orden mundial que reclama subordinación a sus designios. Ellos saben que CFK es la «bala de plata» que puede derribar sus ambiciones.

Por eso Sr Presidente: «¡Los faros de la Historia lo enfocan a Ud.! Cuelgue en un rincón de su despacho el traje de Profesor y tome la «lapicera». Proceda a dictar el indulto a CFK para que sea candidata. La Jurisprudencia lo respalda y el pueblo soberano también, y así podrá establecer la paz de una convivencia social. La historia patria se lo reconocerá como un acto de grandeza política, imprescindible para afianzar la Justicia que bastante violentada está. La proscripción de CFK implica un deterioro inmenso para la política argentina y sobre todo una «bomba» de tiempo puesta en el futuro del país. Haga honor a sus propias palabras. Ud. ha dicho ante la propia Asamblea legislativa que Cristina es inocente, que fue condenada en un proceso amañado, sin pruebas ni garantías. Todo el mundo sabe o infiere que CFK es inocente. Usted también lo sabe. Indulte a CKF y vuelve.

¡¡Recuerde que a los tibios, los vomitan las urnas!!

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