Proyecto de ley para que las personas discapacitadas viajen gratis

Basándose en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), el legislador subrayó “el principio de igualdad entre los hombres, no como nivelación absoluta, sino como igualdad relativa, propiciada por una legislación tendiente a compensar las desigualdades naturales”.
Proyecto

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS SANCIONA CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Entre Ríos, a lo dispuesto por la Ley Nacional 25635 y su decreto reglamentario Nº 381/2004. que establece que las empresas de transporte colectivo terrestre de corta, media y larga distancia sometidas al contralor de autoridad nacional deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social. La reglamentación establecerá las comodidades que deben otorgarse a las mismas, las características de los pases que deberán exhibir y las sanciones aplicables a los transportistas en caso de inobservancia de esta norma. La franquicia será extensiva a un acompañante en caso de necesidad documentada.

ARTICULO 2º.- La presente ley será aplicable en todo el ámbito de la Provincia desde la fecha de su publicación.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, etc.

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