El miércoles tomó estado parlamentario el proyecto por el que el Ejecutivo propone la modificación de la Ley Nº 8.492, por la que se establecerá que para distribuir los fondos conforme el Régimen de Coparticipación de la Ley nacional Nº 23.548, la Contaduría General computará diariamente los ingresos y con la liquidación elaborada, “la Tesorería transferirá el día hábil siguiente a las cuentas bancarias de los municipios”, se informó a AIM.
Además se modificará la Ley Nº 9.638, por la que se determinará que la Contaduría General “liquidará diariamente y en forma provisoria la participación del Impuesto a los Ingresos Brutos (Contribuyentes Directos y Contribuyentes de Convenio Multilateral) sobre la base de los ingresos comunicados por la Tesorería General de la Provincia”.
También se determina que será la Dirección General de Rentas la que confeccionará un informe mensual definitivo, que remitirá a Contaduría General, “organismo que efectuará los ajustes que pudiera corresponder en las participaciones a los municipios”.